Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00636-2024-DE
Lima, 21 de junio del 2024
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 001646-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 01642-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 00841-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n del 15 de marzo de 2024, el Agregado de Defensa a la Embajada Británica en el Perú hace extensiva una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que participe en la Conferencia Global de Comandantes de Fuerzas Aéreas y Espaciales (Global Air & Space Chiefs’ Conference, o GASCC, por sus siglas en inglés), del 15 al 18 de julio de 2024; y en el evento Real Internacional Air Tattoo 2024 (Royal International Air Tattoo, o RIAT, por sus siglas en inglés), del 19 al 21 de julio de 2024, los cuales se llevarán a cabo en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Asimismo, se precisa que la delegación visitante a los eventos podrá estar compuesta hasta por cuatro personas (el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, un Oficial ayudante y un Oficial acompañante);
Que, a través del Informe Legal Nº 0012-2024, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire CARLOS ENRIQUE CHÁVEZ CATERIANO, Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y de la Comandante FAP CLAUDIA PAOLA MERINO URDAY, como Oficial Ayudante, para participar en la Conferencia Global de Comandantes de Fuerzas Aéreas y Espaciales (Global Air & Space Chiefs’ Conference, o GASCC) y en el evento Real Internacional Air Tattoo 2024 (Royal International Air Tattoo, o RIAT), en el lugar y fecha programada;
Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú señala que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá intercambiar experiencias y tomar conocimiento de los últimos avances en materia de tecnología aeroespacial, defensa y seguridad, a fin de fomentar y consolidar alianzas estratégicas que contribuirán al fortalecimiento de la imagen y presencia de la Fuerza Aérea del Perú, en el ámbito internacional;
Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, alojamiento y alimentación del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, serán cubiertos por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de acuerdo a la Carta s/n del 15 de marzo de 2024 del Agregado de Defensa a la Embajada Británica en el Perú; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG. Asimismo, la Fuerza Aérea del Perú deberá asumir todos los gastos, tales como los pasajes aéreos internacionales y otros del Oficial Ayudante, de acuerdo a la señalado en la citada carta de invitación;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 058 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, el cien por ciento (100%) de viáticos, y el financiamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000003 emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Extra FAP Nº 001646-2024-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en la Conferencia Global de Comandantes de Fuerzas Aéreas y Espaciales (Global Air & Space Chiefs’ Conference, o GASCC) y en el evento Real Internacional Air Tattoo 2024 (Royal International Air Tattoo, o RIAT), los cuales se llevarán a cabo en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 21 de julio de 2024; así como autorizar su salida del país el 13 de julio y su retorno el 23 de julio de 2024;
Que, a través del Oficio N° 01642-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 466-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 00841-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire CARLOS ENRIQUE CHÁVEZ CATERIANO, identificado con NSA Nº 94564 y DNI Nº 43656786 y de la Comandante FAP CLAUDIA PAOLA MERINO URDAY, identificada con NSA Nº 96876 y DNI Nº 43338254, para participar en la Conferencia Global de Comandantes de Fuerzas Aéreas y Espaciales (Global Air & Space Chiefs’ Conference, o GASCC) y en el evento Real Internacional Air Tattoo 2024 (Royal International Air Tattoo, o RIAT), los cuales se llevarán a cabo en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 21 de julio de 2024; así como autorizar su salida del país el 13 de julio y su retorno el 23 de julio de 2024.
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) – Lima
Clase económica
US$ 3,213.24 x 1 persona US$ 3,213.24
Viáticos: General del Aire CARLOS ENRIQUE CHÁVEZ CATERIANO
US$ 540.00 x 7 días x 1 persona x 20% US$ 756.00
Viáticos: Comandante FAP CLAUDIA PAOLA MERINO URDAY
US$ 540.00 x 7 días x 1 persona US$ 3,780.00
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Total a pagar: US$ 7,749.24
Artículo 3.- El Oficial General comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular del Ministerio de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2300730-1