LEY Nº 32070
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DÍA NACIONAL
DE LA REINSERCIÓN LABORAL, FAMILIAR Y SOCIAL DEL PACIENTE ONCOLÓGICO Y DEL PACIENTE LARINGECTOMIZADO
EL 8 DE FEBRERO DE CADA AÑO
Artículo 1. Día Nacional de la Reinserción Laboral, Familiar y Social del Paciente Oncológico y del Paciente Laringectomizado
Se declara Día Nacional de la Reinserción Laboral, Familiar y Social del Paciente Oncológico y del Paciente Laringectomizado el 8 de febrero de cada año a fin de que las instituciones públicas, privadas, mixtas y la sociedad civil realicen acciones de concientización, sensibilización, prevención y promoción que contribuyan a la rehabilitación, reinserción familiar, laboral y social de quienes han sido víctimas del cáncer, especialmente del cáncer de laringe.
Artículo 2. Actividades
Se dispone la incorporación de actividades de concientización, sensibilización, de promoción y prevención relativas a la celebración de este día en el calendario cívico escolar y en el calendario festivo nacional, así como el fomento de actividades académico-científicas multidisciplinarias en los diferentes establecimientos de salud del país.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Acciones a cargo del Poder Ejecutivo
Se encarga al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Salud, de Educación, de Trabajo y Promoción del Empleo y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según sus competencias, la promoción y realización de las acciones en favor del paciente laringectomizado, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los cinco días del mes de junio de dos mil veinticuatro.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
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