Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas a favor de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público
UNIVERSIDAD NACIONAL
TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA DE
AMAZONAS
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 180-2024-UNTRM/R
Chachapoyas, 19 de junio de 2024
VISTOS:
El Informe N° 065-2024-UNTRM-R/DGA-UEI/RSMI, de fecha 05 de junio de 2024, del Responsable de Seguimiento y Monitoreo de las Inversiones; el Informe Técnico N° 042-2024-UNTRM-R/OPP-UPPTO, de fecha 11 de junio de 2024, del Jefe de la Unidad de Presupuesto; y el Informe Legal N° 231-2024-UNTRM-R/OAJ, de fecha 17 de junio de 2024, de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, organiza su régimen de gobierno de acuerdo a la Ley Universitaria N° 30220, su Estatuto y reglamentos, atendiendo a sus necesidades y características;
Que la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, señala entre otros aspectos, en el “Artículo 7. Responsabilidad. El titular de la entidad, así como los funcionarios que, en el marco de sus funciones, son responsables de los procesos de transferencia, incurren en responsabilidad, cuando omiten, rehúsan o retardan la efectiva transferencia de los recursos solicitados por la Contraloría General de la República, en el marco de las disposiciones de la presente ley”;
Que mediante Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, se aprueba la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL - “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”;
Que el Decreto de Urgencia N° 006-2024 – Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, establece en el “Artículo 14. Medida en materia del monto de las transferencias para las intervenciones de control gubernamental y el fortalecimiento institucional. 14.1. Se establece que el monto a transferir durante Año Fiscal 2024, para la aplicación de las transferencias financieras a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, corresponde únicamente al cinco décimas por ciento (0.5%) del valor mínimo entre el Presupuesto Institucional Modificado y el monto programado de ejecución para el año fiscal de acuerdo con el registro del Formato 12-B de la inversión materia de la transferencia. Los recursos transferidos mediante transferencias financieras son utilizados, exclusivamente, para las acciones de control concurrente de las inversiones para las cuales se transfieren dichos recursos”;
Que mediante Resolución Rectoral N° 115-2023- UNTRM/R, de fecha 30 de marzo de 2023, se resuelve en el (…) Artículo Tercero.- Disponer la previsión presupuestal de transferencias para los años 2024, 2025 y 2026, a fin de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y su modificatoria. (…);
Que con Oficio N° 1987-2024-ANC-MP-J, de fecha 31 de mayo de 2024, el Jefe Nacional – Autoridad Nacional de Control, solicita se realice los trámites administrativos para transferencia financiera refiriendo a la precitada Resolución Rectoral N° 115-2023-UNTRM/R, de fecha 30 de marzo de 2023;
Que en ese sentido, con Memorándum Múltiple N° 081-2024-UNTRM-R, de fecha 03 de junio de 2024, el señor Rector de la UNTRM, dispone la coordinación entre las áreas involucradas a efectos de que se realice los informes respectivos para la transferencia financiera con vinculación a la Unidad Ejecutora 012-1745: Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público;
Que mediante Informe N° 065-2024-UNTRM-R/DGA-UEI/RSMI, de fecha 05 de junio de 2024, el Responsable de Seguimiento y Monitoreo de las Inversiones, informa al Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, sobre la solicitud de transferencia presupuestal para el control gubernamental en el marco de la Ley N° 31358, concluyendo que se requiere realizar la transferencia correspondiente a las cinco décimas por ciento (0.5%) del PIM 2024 de la UNTRM, por el monto de S/ 12,678.89 (Doce mil seiscientos setenta y ocho con 89/100 soles), determinándose el monto de S/ 9,509.17 (Nueve mil quinientos nueve con 17/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República (0,375% del PIM 2024), y el monto de S/ 3,169.72 (Tres mil ciento sesenta y nueve con 72/100 soles) a favor del pliego 022: Ministerio Público (0,125% del PIM 2024) con cargo a las inversiones según el siguiente detalle:
CUI |
COSTO TOTAL DE LA INVERSIÓN ACTUALIZADO |
PIM 2024 |
CONTROL CONCURRENTE 2024 (0.5%) |
TRANSFERENCIA PLIEGO CONTRALORÍA (0.375%) |
TRANSFERENCIA PLIEGO MINISTERIO PÚBLICO (0.125%) |
PREVISIÓN CC 2025 (2%) |
PREVISIÓN CC 2026 (2%) |
PREVISIÓN CC 2027 (2%) |
2263738 |
6,141,846.48 |
255,257.00 |
1,276.29 |
957.22 |
319.07 |
3,200.00 |
3,600.00 |
4,000.00 |
2255626 |
7,462,800.69 |
244,403.00 |
1,222.02 |
916.52 |
305.50 |
4,709.74 |
4,800.00 |
5,000.00 |
2276561 |
7,906,438.24 |
610,049.00 |
3,050.25 |
2,287.69 |
762.56 |
5,000.00 |
5,520.00 |
5,800.00 |
2259355 |
6,238,802.79 |
152,645.00 |
763.23 |
572.42 |
190.81 |
3,200.00 |
3,400.00 |
3,500.00 |
2111299 |
7,452,975.18 |
25,412.00 |
127.06 |
95.30 |
31.76 |
712.00 |
900.00 |
1,000.00 |
2308404 |
8,033,944.08 |
212,453.00 |
1,062.27 |
796.70 |
265.57 |
4,249.06 |
6,600.00 |
7,092.86 |
2265073 |
9,889,420.80 |
52,647.00 |
263.24 |
197.43 |
65.81 |
2,200.00 |
2,600.00 |
3,000.00 |
2264055 |
7,752,233.38 |
626,928.00 |
3,134.64 |
2,350.98 |
783.66 |
20,538.56 |
10,604.02 |
11,001.40 |
2261386 |
8,944,092.15 |
189,254.00 |
946.27 |
709.70 |
236.57 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
2314090 |
9,375,981.78 |
112,469.00 |
562.35 |
421.76 |
140.59 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
2476034 |
9,413,063.08 |
54,254.00 |
271.27 |
203.45 |
67.82 |
102,100.00 |
2,200.00 |
2,400.00 |
TOTAL |
12,678.89 |
9,509.17 |
3,169.72 |
145,909.36 |
40,224.02 |
42,794.26 |
Que con Oficio N° 590-2024-UNTRM-R/DGA-UEI, de fecha 05 de junio de 2024, el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, remite a la Directora General de Administración, el precitado Informe N° 065-2024-UNTRM-R/DGA-UEI/RSMI, de fecha 05 de junio de 2024; por lo que mediante Oficio N° 2824-2024-UNTRM-R/DGA, de fecha 10 de junio de 2024, la Directora General de Administración, solicita a la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emita informe para la transferencia presupuestal para el control gubernamental en el marco de la Ley N° 31358;
Que mediante Oficio N° 1947-2024-UNTRM-R/OPP, de fecha 13 de junio de 2024, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite a la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico N° 042-2024-UNTRM-R/OPP-UPPTO, de fecha 11 de junio de 2024, del Jefe de la Unidad de Presupuesto, en el cual emite opinión favorable para la transferencia financiera en los términos contenido en el referido Informe N° 065-2024-UNTRM-R/DGA-UEI/RSMI;
Que en ese sentido, mediante Informe Legal N° 231-2024-UNTRM-R/OAJ, de fecha 17 de junio de 2024, la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, informa al señor Rector, concluyendo que por los argumentos antes expuestos, opina: 3.1 Que, se deberá autorizar la transferencia financiera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, Fuente de Financiamiento - Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, hasta por la suma de S/. 9,509.17 y el monto de S/. 3,169.72, a favor del pliego 022: Ministerio Público, Unidad Ejecutora 012-1745. 3.2 Que, las transferencias financieras de recursos se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”. 3.3 Que, que los recursos de la transferencia financiera autorizada, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos;
Que estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto Universitario y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Rectoral N° 022-2023-UNTRM/R y ratificado con Resolución de Consejo Universitario N° 012-2023-UNTRM/CU, le confieren al Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, y contando con los vistos buenos de la Dirección General de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad Ejecutora de Inversiones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera correspondiente a las cinco décimas por ciento (0.5%) del Presupuesto Institucional Modificado 2024 del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, por el monto S/ 12,678.89 (Doce mil seiscientos setenta y ocho con 89/100 soles); determinándose el monto de S/ 9,509.17 (Nueve mil quinientos nueve con 17/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República (0.375% del PIM 2024), y el monto de S/ 3,169.72 (Tres mil ciento sesenta y nueve con 72/100 soles) a favor del Pliego 022: Ministerio Público (0.125% del PIM 2024), con cargo a las inversiones con CUI N° 2263738, 2255626, 2276561, 2259355, 2111299, 2308404, 2265073, 2264055, 2261386, 2314090 y 2476034.
Artículo Segundo.- DISPONER la previsión presupuestal de transferencias para los años 2025, 2026 y 2027, a fin de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y su modificatoria.
Artículo Tercero.- PRECISAR que los recursos de las transferencias financieras autorizadas en el Artículo Primero de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a los estamentos internos de la universidad e interesados, de forma y modo de Ley para conocimiento y fines.
Regístrese y publíquese.
JORGE LUIS MAICELO QUINTANA
Rector
ROGER ANGELES SÁNCHEZ
Secretario General
2299947-1