Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 317-2024/MDSM
San Miguel, 5 de junio de 2024
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;
VISTOS, el Memorando N°567-2024-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, los Informes N°458-2024-URH-OAF/MDSM y N°461-2024-URH-OAF/MDSM emitidos por la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N°086-2024-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando N°1461-2024-OEC/MDSM emitido por la Oficina de Ejecutoria Coactiva, el Informe N°489-2024-AAJT-OEC/MDSM suscrito por el señor Alex Alpino Jara Trujillo, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N°30305” Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 6° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el órgano ejecutivo del gobierno local y representante legal de la municipalidad y como tal, le corresponde implementar las medidas técnicas y administrativas orientadas a lograr de manera eficiente y oportuna los objetivos institucionales y metas trazadas por la Administración Municipal;
Que, mediante Decreto Supremo Nº018-2008-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, dispone en su artículo 7º, numeral 7.1), que la designación del Ejecutor Coactivo, como del auxiliar coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos. Y el numeral 7.2) dispone que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresaran como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº27204, precisa que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan; y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº26979 - “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implicando que dichos cargos sean de confianza;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N°644-2023 de fecha 18 de octubre de 2023, se encargó con eficacia anticipada a partir del 13 de octubre de 2023 al abogado ALEX ALPINO JARA TRUJILLO las funciones de Ejecutor Coactivo, perteneciente a la Oficina de Ejecutoria Coactiva;
Que, con Informe N°489-2024-AAJT-OEC/MDSM de fecha 30 de mayo de 2024, el ejecutor coactivo (e) Alex Alpino Jara Trujillo, solicita licencia sin goce de haber por un periodo de noventa (90) días desde el 03 de junio hasta el 01 de setiembre del presente año;
Que, mediante Memorando N°1461-2024-OEC/MDSM de fecha 30 de mayo de 2024, la Oficina de Ejecutoria Coactiva emite opinión aceptando el pedido de licencia sin goce y al mismo tiempo propone a la abogada Gina Cusi Ticona (auxiliar coactivo) quien cumple con los requisitos establecidos para ejercer las funciones de ejecutor coactivo;
Que, mediante Resolución Subgerencial N°0049-2024-URH-OAF/MDSM de fecha 03 de junio de 2024, la Unidad de Recursos Humanos otorga licencia sin goce de haber con efectividad desde el 03 de junio hasta el 01 de setiembre del año en curso, es decir noventa (90) días calendarios a favor de Alex Alpino Jara Trujillo;
Que, con Memorando N°086-2024-OAJ/MDSM de fecha 03 de junio de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión sobre la propuesta de encargar las funciones del ejecutor coactivo al personal contratado bajo régimen especial CAS de la Municipalidad Distrital de San Miguel;
Que, mediante Informes N°458-2024-URH-OAF/MDSM y N°461-2024-URH-OAF/MDSM ambos de fecha 03 de junio de 2024, la Unidad de Recursos Humanos recomienda encargar a la abogada GINA CUSI TICONA en su condición de servidora CAS las funciones de ejecutor coactivo, dejando suspendidas sus funciones de auxiliar coactivo;
Que, el Alcalde conduce la política de personal de la Municipalidad Distrital de San Miguel, siendo una de sus atribuciones designar, cesar y en caso ratificar a los funcionarios de confianza bajo su cargo;
Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ENCARGAR a partir del 03 de junio de 2024 a la Abogada GINA CUSI TICONA las funciones de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de San Miguel, con retención a su cargo de Auxiliar Coactivo bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicio - CAS regulado por el Decreto Legislativo N°1057- Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Ejecutoria Coactiva, a la Oficina de Administración y Finanzas, a la Unidad de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas que resulten competentes, el fiel cumplimiento de la presente resolución
Artículo 3°.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EDUARDO JAVIER BLESS CABREJAS
Alcalde
2298596-1