Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban formato y especificaciones técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT

Aprueban formato y especificaciones técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT

Resolución Ministerial

N° 333-2024-MTC/01.02

Lima, 20 de junio de 2024

VISTOS: El Memorando N° 0917-2024-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, el Informe N° 0573-2024-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (en adelante, la Ley N° 27181), establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en dicha Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley N° 27181 dispone que todo vehículo automotor que circule en el territorio de la República debe contar con una póliza de seguros vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT o certificados contra accidentes de tránsito - CAT, que contengan términos equivalentes, condiciones semejantes o mayores coberturas ofertadas que el SOAT vigente;

Que, con Decreto Supremo N° 024-2002-MTC se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito (en adelante, el TUO del Reglamento), el cual establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre, así como el régimen y características del seguro obligatorio por accidentes de tránsito, en el marco de la Ley N° 27181; añadiendo que rige en todo el territorio de la República;

Que, el último párrafo del artículo 3 del TUO del Reglamento dispone que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito debe constar en un Certificado SOAT físico o en un Certificado SOAT electrónico que acredite la contratación del seguro, cuyos formatos y contenidos son aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme lo establecido en el artículo 21 de la mencionada norma;

Que, el literal b) del artículo 5 del TUO del Reglamento define al Certificado SOAT como aquel documento físico o electrónico que acredita la contratación de una póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito; indicando, además, que su emisión está a cargo de la compañía de seguros y es entregado o enviado al contratante, según corresponda;

Que, el artículo 12 del TUO del Reglamento dispone, entre otros, que los contratos del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito que se celebren en cumplimiento del TUO del Reglamento tienen una vigencia anual, salvo en el caso de las placas de exhibición, placas rotativas y placas extranjeras;

Que, en ese sentido, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobar periódicamente, mediante Resolución Ministerial, los Formatos y especificaciones técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT;

Que, por Resolución Ministerial N° 801-2023-MTC/01 se aprueba el formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, así como el formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del referido Certificado, para el periodo comprendido desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024; conforme se detallan en los Anexos Nros.1 y 2, que forman parte integrante de la citada Resolución Ministerial;

Que, mediante el Oficio N° 30100-2024-SBS la Superintendencia Adjunta de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones señala que, habiendo evaluado la propuesta de especificaciones técnicas y Holograma de seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025 remitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, no encuentra objeción a la misma;

Que, a través del Informe N° 0573-2024-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, se sustenta y propone la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba el formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, así como el formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del referido Certificado, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, de conformidad con lo establecido en el TUO del Reglamento;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar los formatos y las especificaciones técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, en los términos señalados por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2002-MTC; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT

Aprobar el formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, conforme a lo establecido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobación del formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT

Aprobar el formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, conforme a lo establecido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2300177-1