Autorizan viaje de Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo a EE.UU., en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL
PEDRO RUIZ GALLO
RECTORADO
RESOLUCIÓN N° 504-2024-R
Lambayeque, 17 de junio de 2024
VISTO:
El Oficio N° 0939-2024-DGA-UNPRG, de fecha 14 de junio de 2024, presentado por el Director General de Administración de la Universidad, respecto a la solicitud de Comisión de Servicios a favor de la Dra. María Rosario Verástegui León, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. (Expedientes N° 2085-2024-SG & N° 3114-2024-SG)
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú señala que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; y que las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.
Que, el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y el artículo 9° del Estatuto de la Universidad señalan que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la misma que es inherente a las universidades y se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley universitaria y las demás normas aplicables.
Que, con Resolución N° 357-2016-R, de fecha 19 de abril del 2016, se amplía la Directiva denominada “Normas sobre los Procedimientos que regulan la autorización y Rendición de cuenta de viáticos, pasajes, consumo de combustible y Otros Gastos de viaje Oficiales en comisión de servicios, general o por capacitación, dentro y fuera del Territorio Nacional”.
Que, mediante Resolución N.º 052-2020-CU, de fecha 19 de febrero de 2020, se aprobó, conforme al Decreto Supremo N.º 007-2013-EF, de fecha 22 de enero del 2013, decreto que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional, la nueva escala de viáticos para viajes en comisión de servicios para las autoridades, funcionarios, personal docente, personal administrativo. Asimismo, establece que la rendición de cuentas deberá presentarse dentro de los diez (10) días hábiles contados desde la culminación de la comisión de servicios.
Que, el Artículo 207.16 del Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, concordante con el Artículo 88°, numeral 11, de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, establece que es derecho del docente recibir viáticos y movilidad para asistir a eventos académicos, científicos y tecnológicos, nacionales o internacionales.
Que, con Carta ASPEFEEN-2049-2024, de fecha 23 de abril de 2024, la Asociación Peruana de Facultades y Escuelas de Enfermería (ASPEFEEN), informa al Rector de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, sobre la solicitud presentada a la Universidad de Miami, para el desarrollo del Programa de Enseñanza de la Metodología de Simulación Clínica dirigido a Autoridades de las Facultades y Escuelas de Enfermería (Decanas, Vicedecanas o Directores de la Carrera Profesional de Enfermería de las Facultades y Escuelas de Enfermería siendo un participante por universidad asociadas a la ASPEFEEN. Asimismo, señala que la ASPEFEEN asumirá el costo del 100% del programa, los pasajes de ida y vuelta desde la ciudad de origen, desayuno y almuerzo (no incluyendo viáticos ni costos del seguro de viaje ni trámite de VISA) de la Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad. Señalando que el citado programa inicial el 24 de junio de 2024 y termina el 28 de junio de 2024, en modalidad presencial.
Que, con Oficio N° 331-2024-D-FE de fecha 29 de abril de 2024, la Dra. María Rosario Verástegui León, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, señala que ella participará en el Programa de Enseñanza de la Metodología de Simulación Clínica, a llevarse a cabo en la Universidad de Miami a partir del 24 de junio del presente año, en reemplazo de la Dra. Rosario Clotilde Castro Aquino, toda vez que no cuenta con VISA.
Que, con Oficio N° 0871-2024-DGA-UNPRG, de fecha 05 de junio de 2024, el Director General de Administración, solicita al jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad, que informe respecto a la disponibilidad presupuestal para el otorgamiento de la Comisión de Servicios de la Dra. María Rosario Verástegui León, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Señalando además que, al tratarse de un viaje al exterior, se le debe gestionar de manera oportuna la publicación del acto resolutivo que autorice dicho viaje, en el Diario Oficial El Peruano.
Que, mediante Memorando N° 1030-2024-OPP, de fecha 13 de junio de 2024, el jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad, indica que se ha generado el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000756 de fecha 11 de junio de 2024, por concepto de viáticos por comisión de servicios a la ciudad de Miami por los días del 24 al 28 de junio de 2024, a favor de la Dra. María Rosario Verástegui León, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.
Que, con Oficio N° 0939-2024-DGA-UNPRG, de fecha 14 de junio de 2024, el Director General de Administración de la Universidad, remite los actuados a Rectorado, adjuntando la Certificación Presupuestal emitida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a efectos de atender la Comisión de Servicio al extranjero, solicitado por la Decana de la Facultad de Enfermería, Dra. María Rosario Verástegui León, quien participará en el programa de Enseñanza de la Metodología de Simulación Clínica a realizarse en la ciudad de Miami de los Estados Unidos de Norteamérica. Por lo que solicita la emisión del acto resolutivo que autorice la Comisión de Servicios al Exterior, señalando que se cuenta con DISPONIBILIDAD FINANCIERA de S/ 2,500.00 Soles, debido a la baja recaudación de los Recursos Directamente Recaudados.
Que, con Oficio N° 537-2024-D-FE, de fecha 17 de junio de 2024, la Dra. María Rosario Verástegui León, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, manifiesta que, a efectos de participar en el Programa de Enseñanza de la Metodología de Simulación Clínica, a desarrollarse del 24 al 28 de junio de 2024 en la Universidad de Miami, informa que durante dicha ausencia, se quedará encargada del Decanato la Dra. Tania Roberta Muro Carrasco, miembro docente de Consejo de Facultad.
Que, en uso de las atribuciones que confieren al Rector, el Artículo 62º de la Ley Universitaria N° 30220; el artículo 24º del Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Norteamérica, desde el día 24 de junio al 28 de junio de 2024, a la Dra. María Rosario Verástegui León, Decana de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, a fin que participe en el Programa de Enseñanza de la Metodología de Simulación Clínica. Otorgándole la cantidad de S/ 2,500.00 soles por concepto de viáticos, conforme a la Disponibilidad Financiera señalada por la Dirección General de Administración.
Artículo 2.- Encargar el Decanato de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo a la Dra. Tania Roberta Muro Carrasco, en concordancia del artículo 100° del Reglamento General de la Universidad, por el tiempo que dure la Comisión de Servicios autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer que la comisionada, realice la rendición de cuentas documentada dentro de los diez (10) días hábiles contados desde la culminación de la Comisión de Servicios.
Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619.
Artículo 5.- Dar a conocer la presente resolución a la Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Contabilidad, Unidad de Tesorería, Unidad de Recursos Humanos, Órgano de Control Institucional, Facultad de Enfermería, Oficina de Gestión de la Calidad y demás instancias correspondientes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ENRIQUE WILFREDO CÁRPENA VELÁSQUEZ
Rector
EDGARDO ALBERTO SALAZAR CHAVESTA
Secretario General
2298846-1