Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 221-2024-MDMM que establece exoneración del pago de tasas y derechos de obtención y/o renovación del certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) a las instituciones educativas del distrito

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 221-2024-MDMM, que establece exoneración del pago de tasas y derechos de obtención y/o renovación del certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) a las instituciones educativas del distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 006-2024-DA-MDMM

Magdalena del Mar, 17 de junio de 2024

PRORROGAR EL PLAZO DE VIGENCIA

DE LA ORDENANZA Nº 221-2024-MDMM, QUE ESTABLECE EXONERACIÓN DEL PAGO DE TASAS Y DERECHOS DE OBTENCIÓN Y/O RENOVACIÓN DE CERTIFICADO (ITSE) A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DISTRITO

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR

VISTO

El Informe Nº 129-2024-SGGRD-GDTI-MDMM emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Informe Nº 392-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 672-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, establece que, en todos los casos, los gobiernos locales, conforme a sus competencias ejecutan las inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones y fiscalizan el cumplimiento de la normativa de la materia, bajo responsabilidad de la autoridad correspondiente;

Que, el artículo 4 del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, establece que los gobiernos locales son competentes para ejecutar las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) de los establecimientos que requieran o no licencia de funcionamiento, en el ámbito de su jurisdicción, previo pago de la tasa correspondiente;

Que, mediante Ordenanza Nº 221-2024-MDMM, se establece la exonerar a instituciones educativas del distrito del pago de tasas y derechos para la obtención y/o renovación del certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE), por el periodo de 45 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente ordenanza;

Que, el artículo segundo, faculta al Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias o las prórrogas de plazo necesarias para la ejecución de la presente ordenanza;

Que, artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo. Asimismo, el artículo 42, de la misma normativa, prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante informe del visto, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres solicita se extienda el plazo de vigencia por cuarenta y cinco (45) días hábiles adicionales, que van desde el 24 de junio al 26 de agosto de 2024, de la acotada ordenanza. Ello con el objetivo que, de beneficiar a un mayor número de instituciones educativas, a fin que estas, cumplan con las condiciones de seguridad en edificaciones, y así salvaguardar la vida y la integridad de los estudiantes, docentes y cualquier persona que realice funciones o acuda al centro de estudios.

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, por medio del Informe del visto, emite opinión legal favorable respecto de la emisión del decreto de alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 221-2024-MDMM; siendo que el asidero normativo para ello se encuentra en el artículo segundo de su texto;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 221-2024-MDMM, que establece exonerar a todas las instituciones educativas del distrito de Magdalena del Mar, en todos sus niveles, del pago de tasas y derechos para la obtención y/o renovación del certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE), hasta el día 26 de agosto de 2024, por los argumentos vertidos en la parte considerativa del presente decreto.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo establecido en el presente dispositivo a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, así como los demás órganos y unidades orgánicas que resultaren pertinentes.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE

Alcalde

2298798-1