Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje del Comandante General de la Policía Nacional del Perú a EE.UU. en comisión de servicios

Autorizan viaje del Comandante General de la Policía Nacional del Perú a EE.UU., en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 0814-2024-IN

Lima, 19 de junio de 2024

VISTOS, el Oficio N° 1099-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001124-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio RE (DSD) N° 2-10-A/64, de fecha 18 de abril de 2024, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada al Ministerio del lnterior la invitación realizada por el Secretario General Adjunto de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas con el propósito de que el Comandante General de la Policía Nacional del Perú participe en la “Cuarta Cumbre de Jefes de Policía de las Naciones Unidas (UNCOPS)”, a llevarse a cabo los días 26 y 27 de junio de 2024, en la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América;

Que, con Informe N° 32-2024-COMGEN PNP/SEC.SP., la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, en la comisión descrita precedentemente;

Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 175-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, del 25 al 28 de junio de 2024, a la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América, precisando que, resulta importante la participación del Comandante General en la UNCOPS, donde se discutirá la colaboración entre la policía internacional y nacional para abordar los desafíos en paz, seguridad y desarrollo sostenible, y se resaltará cómo la experiencia adquirida en despliegues de las Naciones Unidas fortalece los esfuerzos policiales nacionales. Asimismo, se debatirá el fortalecimiento de la Policía de las Naciones Unidas para apoyar eficazmente a las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, tanto en países que acogen operaciones de paz como en aquellos que se encuentran en diferentes fases del proceso de paz y seguridad;

Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), viáticos para hospedaje, alimentación y transporte, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con la Hoja de Estudio y Opinión N° 175-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y con la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000002006;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, del 25 al 28 de junio de 2024, a la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú, del 25 al 28 de junio de 2024, a la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos de ida y retorno, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos

US$ 440,00

4

1

US$ 1 760,00

Pasajes aéreos

US$ 1 899,00

 

1

US$ 1 899,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan José Santiváñez Antúnez

Ministro del Interior

2299468-1