Oficializan y autorizan el uso de una cuenta de correo electrónico para implementación de “Mesa de Partes Virtual Administrativa en la CSJLN”
Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Lima Norte
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000380-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ
Independencia, 21 de mayo de 2020
VISTO:
El Oficio nº 300-2020-GAD-CSJLIMANORTE-PJ (19/5/2020), cursado por el señor Jesús Gustavo Quintana Rojas, Gerente de Administración Distrital; y,
CONSIDERANDO:
1. En el marco del D.S. nº 008-2020-SA y D.S. nº 044-2020-PCM que declaran el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de 90 días calendarios, por la existencia del COVID-19 en nuestro país, mediante el Decreto de Urgencia Nº 026-2020 se suspendieron los plazos procesales y administrativos por el lapso de quince (15) a partir del 16/3/2020, plazo que fue ampliado por D.S. Nº083-2020-PCM (10/5/2020) por 14 días calendario, a partir del 11/5/2020 al 24/5/2020.
2. Mediante oficio que precede, el Gerente de Administración Distrital, solicita la autorización para la habilitación de una cuenta de correo electrónico GMAIL mesadepartes.adm.csjln@gmail.com, para el personal de mesa de parte administrativo de la CSJLIMA NORTE, los cuales realizan los ingresos de solicitudes externas, remitidas a la Presidencia, Oficina de Asesoría Legal, Gerencia de Administración Distrital y sus Unidades correspondientes, sobre todo lo remitido por los proveedores a la Coordinación de Logística, siendo ingresado posteriormente mediante el Sistema de Gestión Documental, a fin de que por este medio se pueda recepcionar los documentos digitales y de esta manera no exponer al personal de la mesa de partes de la GAD al contacto con los usuarios y del contagio del COVID-19, pudiendo acceder al trabajo remoto.
3. En ese contexto, el Decreto de Urgencia Nº 026-2020, por el cual se faculta a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores para implementar el TRABAJO REMOTO en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19; modalidad que según al artículo 16 del mismo cuerpo legal se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.
4. En tal sentido, encontrándose justificada la necesidad de la Gerencia de Administración Distrital, y en virtud de los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se debe emitir el acto administrativo correspondiente.
RESUELVE:
Artículo Primero.- OFICIALIZAR Y AUTORIZAR el uso de la cuenta de correo electrónico GMAIL mesadepartes.adm.csjln@gmail.com, solicitado por la Gerencia de Administración Distrital para implementación de “Mesa de Partes Virtual Administrativa en la CSJLN”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Distrital, adopte las medidas necesarias para la correcta distribución de los documentos digitales dirigidos a la Presidencia, Oficina de Asesoría Legal, Gerencia de Administración Distrital y sus Unidades correspondientes y demás destinatarios administrativos de la CSJ-LIMA NORTE, verificando el cumplimiento de la distribución en el día, bajo responsabilidad.
Artículo Tercero.- PONER en conocimiento la presente resolución a la Gerencia General, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Jefes de Unidad, Coordinadores y a los interesados para los fines que correspondan.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VICENTE AMADOR PINEDO COA
Presidente
1866638-2