Establecen nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en el Año Fiscal 2024 por parte de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud y para la subsanación de observaciones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0006-2024-EF/53.01
Lima, 12 de junio de 2024
VISTO:
El Informe N° 0915-2024-EF/53.06 de la Dirección de Técnica y de Registro de Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público, la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), que comprende, entre otros, la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP), así como brindar opinión favorable del PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación;
Que, con Resolución Directoral Nº 0003-2024-EF/53.01 se aprobó la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” que tiene por finalidad contribuir con la asignación y utilización eficiente de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;
Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01 establece el plazo máximo para que las entidades públicas remitan a la DGGFRH la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, esto es, hasta el último día del mes de febrero de cada año;
Que, sin embargo, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la acotada Directiva, estableció de manera excepcional, durante el año 2024, que las entidades del Sector Público formulan y remiten su propuesta de PAP para opinión de la DGGFRH hasta el 15 de marzo de 2024;
Que, con la finalidad de coadyuvar al proceso de nombramiento del personal de todas las unidades ejecutoras del sector Salud, autorizado mediante los literales n) y ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, resulta razonable establecer un nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, por parte de las unidades ejecutoras del sector Salud, con el fin de asegurar que cuenten con un documento de gestión institucional que les permita el desarrollo de las acciones de personal previstas.
Que, de otro lado, el numeral 15.7 del artículo 15 de la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, dispone que las entidades del Sector Público deben subsanar las observaciones que le sean formuladas a la brevedad posible, sin exceder del 31 de mayo de cada año;
Que, a la fecha se advierte que existen entidades de Sector Público que no han logrado levantar las observaciones formuladas por la DGGFRH a la propuesta de PAP presentada, dentro del plazo establecido; por lo que, corresponde establecer un nuevo plazo para la subsanación de dichas observaciones con la finalidad de coadyuvar a que las entidades públicas cuenten con su PAP aprobado y puedan realizar las acciones de personal necesarias para su adecuado funcionamiento, así como una eficiente asignación y utilización de los ingresos de personal, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;
De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2024 para las Unidades Ejecutoras del Sector Salud
1.1 Establecer como nuevo plazo para que las unidades ejecutoras del sector Salud presenten la solicitud de opinión favorable del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el Año Fiscal 2024, hasta el 30 de junio de 2024.
1.2 Las unidades ejecutoras del sector Salud remiten su solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP del Año Fiscal 2024, adjuntando la documentación correspondiente, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 0003-2024-EF/53.01.
Artículo 2.- Nuevo plazo para la subsanación de observaciones formuladas a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2024
Establecer como nuevo plazo para las entidades del Sector Público para la subsanación de observaciones formuladas a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2024, hasta el 30 de junio de 2024.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ADRIANA MILAGROS MINDREAU ZELASCO
Directora General
Dirección General de Gestión Fiscal
de los Recursos Humanos
2297934-1