Ordenanza que aprueba el Procedimiento para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en el distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 226-2024-MDMM
Magdalena del Mar, 31 de mayo de 2024
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO MUNICIPAL DE ORGANIZACIONES SOCIALES PARA LA PARTICIPACIÓN VECINAL EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 10 de la fecha en mención;
VISTOS
El Memorándum Nº 203-2024-OGPV-MDMM emitido por la Oficina General de Participación Vecinal, el Informe Nº 341-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 538-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 31 de nuestra Carta Magna, modificado por Ley Nº 28480, establece que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción, en tanto que el artículo 197 de aquella preceptúa que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;
Que, el artículo 73, numeral 5) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia municipal, en materia de participación vecinal, entre otras, promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, así como organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción;
Que, el artículo 112 de la misma norma indica que los gobiernos locales “promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión”, siendo que el numeral 6) del artículo subsiguiente considera que uno de los mecanismos para el derecho de participación se ejercita a través de juntas vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal;
Que, mediante Ordenanza Nº 1762-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 2363-2021, se establecen los procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana, siendo que esta norma es de alcance y aplicación en las municipalidades distritales de la provincia de Lima que tengan a su cargo el reconocimiento y registro de las organizaciones sociales de su jurisdicción;
Que, para el caso de esta entidad, mediante Ordenanza Nº 168-MDMM, precisada mediante Ordenanza Nº 474-MDMM, se implementa en el distrito de Magdalena del Mar el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS), al amparo de las disposiciones de la Ordenanza Nº 191 de la Municipalidad de Lima Metropolitana, hoy derogada;
Que, mediante informe del visto, la Oficina General de Participación Vecinal, dentro de su ámbito competencial remite la propuesta de Ordenanza que aprueba el procedimiento para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en el distrito de Magdalena del Mar, con el objeto de contar con una herramienta actualizada y acorde con la normativa vigente, que permita realizar eficaz el reconocimiento y registro municipal de aquellas organizaciones del distrito que así lo soliciten;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del informe del visto, concluye que el proyecto de ordenanza revisado se encuentra ajustado a la normativa vigente y permitirá contar con una herramienta útil para el óptimo registro de las organizaciones sociales del distrito, por lo tanto, emite opinión legal favorable respecto de su aprobación;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, numeral 8) y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Magdalena del Mar aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de comisiones, así como de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- APROBAR el “Procedimiento para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en el distrito de Magdalena del Mar”, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las normas reglamentarias o complementarias que se requieran para la adecuada ejecución e implementación de las disposiciones de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Participación Vecinal, así como a los órganos y unidades orgánicas que resulten competentes, el cabal cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y del texto íntegro del presente dispositivo y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
2296593-1