Rectifican de oficio el error material incurrido en el artículo primero y segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
N° 066-2024-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR
Piura, 1 de febrero de 2024
VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 16 de noviembre de 2023; el Memorando N° 92-2024/GRP-400000 de fecha 25 de enero de 2024; y el Informe N° 211-2024/GRP-460000 de fecha 26 de enero de 2024.
CONSIDERANDO
Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 16 de noviembre de 2023, esta Gobernación Regional resolvió lo siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR, la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, que designó los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, el mismo que quedará conformado de la siguiente manera: GERENTE GENERAL REGIONAL- Presidente. GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL- Miembro. GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA - Miembro. ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que las funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura, constituido mediante el presente resolutivo, son las establecidas en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el decreto Legislativo N° 1543, en su Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo N° 195-2023-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF y demás normas complementarias;
Que, con Memorando N° 92-2024/GRP-400000 de fecha 25 de enero de 2024, la Gerencia General regional advierte que en la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 16 de noviembre de 2023, se ha consignado la denominación de Comité de la Inversión Privada, que establecía el Decreto Legislativo N° 1224, actualmente derogado por el Decreto Legislativo N° 1362, el cual en su artículo 7, hace referencia al Comité de Promoción de la Inversión Privada - CPIP, por lo que solicita se realicen los ajustes a la ya citada Resolución de acuerdo a la normatividad vigente; Que, al respecto, con fecha 23 de julio de 2018, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el cual señala lo siguiente: “Artículo 7. Comité de Promoción de la Inversión Privada. 7.1 Las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el presente Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada”;
Que, al evidenciarse un error material en el artículo primero y segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR de fecha 16 de noviembre de 2023, corresponde rectificar la misma en el extremo referido a la denominación del Comité;
Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por lo cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representante o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (...), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
De conformidad con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia General Regional y Secretaría General del Gobierno Regional Piura;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y el Decreto Supremo N° 004-209-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- RECTIFICAR DE OFICIO el error material incurrido en el artículo primero y segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 926-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR de fecha 16 de noviembre de 2023, en el extremo referido a la denominación de Comité, de acuerdo a lo siguiente:
DICE:
Artículo Primero.- MODIFICAR, la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR de fecha 18 de mayo de 2023, que designó los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, el mismo que quedará conformado de la siguiente GERENTE GENERAL REGIONAL- Presidente. GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL- Miembro. GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA - Miembro. ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que las funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura, constituido mediante el presente resolutivo, son las establecidas en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el decreto Legislativo N° 1543, en su Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo N° 195-2023-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018- EF y demás normas complementarias”;
DEBE DECIR
Artículo Primero.- MODIFICAR, la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GGR de fecha 18 de mayo de 2023, que designó los miembros del COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, el mismo que quedará conformado de la siguiente manera: GERENTE GENERAL REGIONAL- Presidente. GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL- Miembro. GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA - Miembro. ARTÍCULO SEGUNDO. – PRECISAR que las funciones a ejercer por el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional Piura, constituido mediante el presente resolutivo, son las establecidas en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el decreto Legislativo N° 1543, en su Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo N° 195-2023-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF y demás normas complementarias”;
Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos competentes del Gobierno Regional Piura.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN
Gobernador Regional
2297251-1