Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR y precisan funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura

Modifican la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR y precisan funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

N° 926-2023-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR

Piura, 16 de noviembre de 2023

VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional N° 041-2016/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 27 de enero de 2016; la Resolución Ejecutiva Regional N° 610-2018/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 30 de octubre de 2018; la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, el Memorando N° 1025-2023-GRP-400000 de fecha 30 de octubre de 2023 y el Informe N° 2723-2023/GRP-460000 de fecha 06 de noviembre de 2023.

CONSIDERANDO:

Que, en concordancia con el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, el artículo 8 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisa que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva de los Gobiernos en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, autonomía sujeta a los parámetros de la Constitución Política;

Que con Resolución Ejecutiva Regional N° 041-2016/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 27 de enero de 2016, la Gobernación Regional de Piura resolvió lo siguiente:

“Artículo Primero.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 28 de diciembre de 2015, al “COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA” en el marco del Decreto Legislativo N° 1224 - Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y proyectos en Activos y del Decreto Supremo N° 410-2015-EF que aprueba su Reglamento, conforme al siguiente detalle:

- Econ. Carlo Antonio Sante María BERTINI HURTADO Presidente

Asesor de Gobernación Regional

- Ing. Galvarino Antonio ORELLANA MONTENEGRO Miembro

Gerente General Regional

- Abog. Susan Maribel VILLAR DE LA CRUZ Miembro

Abogada V

(...)”

Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 610-2018/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 30 de octubre de 2018, la Gobernación Regional de Piura resolvió lo siguiente:

“Artículo Primero.- MODIFICAR a partir del día siguiente del presente resolutivo la conformación de los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA, en el marco del Decreto Legislativo N° 1224 - Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y del Decreto Supremo N° 410-2015-EF que aprueba su Reglamento, conforme al siguiente detalle:

- Econ. LOURDES VALDIVIEZO CHIROQUE Presidente

Asesor de Gobernación Regional

- Ing. GALVARIO ANTONIO ORELLANA MONTENEGRO Miembro

Gerente General Regional

- Econ. ALAIN ALBARADO TABACHI Miembro

Sub Gerente Regional de Planeamiento e Inversión

(...)”

Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, la Gobernación Regional de Piura resolvió lo siguiente:

“ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR, a partir del día siguiente del presente resolutivo, la conformación de los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA, en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, conforme al siguiente detalle:

- Ing. JORGE GILBERTO CABELLOS POZO Presidente

Gerente General Regional

- Econ. ROBERTO MARTIN MOGOLLÓN BONILLA Miembro

Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto

y Acondicionamiento Territorial

- Econ. LUIS ALBERTO GRANDA TUME Miembro

Gerencia Regional de Infraestructura

(...)”

Que, con Memorándum N° 1025-2023-GRP-400000 de fecha 30 de octubre de 2023, la Gerencia General Regional solicitó a esta Oficina Regional de Asesoría Jurídica modificación de la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, en el extremo de excluir los nombres de los miembros del comité de inversiones del Gobierno Regional Piura, consignado sólo el cargo que desempeñan en la Entidad; Que, con Informe N° 2723-2023/GRP-460000 de fecha 06 de noviembre de 2023, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opinó que es factible continuar con el trámite para la modificación de la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA de fecha 18 de mayo de 2023, solicitada por la Gerencia General Regional;

Que, con Decreto Supremo N° 195-2023-EF, se aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el cual en su artículo 7 establece lo siguiente:

“Artículo 7.- Comité de Promoción de la Inversión Privada

(..)

7.3 La designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o Resolución del Titular, entidad pública por ley, habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el diario oficial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas.

(…)

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N°1362, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, establece que el Comité de Promoción de la Inversión Privada es un órgano colegiado integrado por tres (03) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la normativa sobre la materia;

Que, en ese sentido corresponde modificar la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, a efectos de señalar simplemente los cargos de los designados como miembros del Comité de Inversiones del Gobierno Regional de Piura;

Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo a los fines para los que fueron conferidas; así como al Principio de Buenas Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el mutuo respeto, la colaboración y la buena fe (...), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia General Regional y la Secretaría General del Gobierno Regional Piura.

En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240- 2018-EF, la Ley N° 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”, Ley N° 27867, “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales” y su modificatoria Ley N° 27902, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR, la Resolución Ejecutiva Regional N° 485-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 18 de mayo de 2023, que designó a los miembros del COMITÉ DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240- 2018-EF, el mismo que quedará conformado de la siguiente manera:

- GERENTE GENERAL REGIONAL Presidente

- GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO,

PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Miembro

- GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA Miembro

Artículo Segundo.- PRECISAR que las funciones a ejercer por el Comité de Inversiones del Gobierno Regional Piura, constituido mediante el presente resolutivo, son las establecidas en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1543, en su Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo N° 195-2023-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF y demás normas complementarias.

Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y hacer de conocimiento la misma, al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos competentes del Gobierno Regional Piura.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN 

Gobernador Regional

2297248-1