Autorizan la expedición de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación de la Universidad Nacional Federico Villarreal
UNIVERSIDAD NACIONAL
FEDERICO VILLARREAL
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCIÓN R. Nº 3241-2024-CU-UNFV
San Miguel, 19 de marzo de 2024
Visto, el expediente con NT. 4530-2024, de fecha 15.01.2024, seguido por doña NIMIA MELÉNDEZ VILLANUEVA, egresada de la Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y
CONSIDERANDO:
Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;
Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad;
Que, mediante documento de fecha 15.01.2024, doña NIMIA MELÉNDEZ VILLANUEVA solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, el cual fue expedido por esta Universidad el 23.11.2005, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, copia del diploma de Grado de Bachiller en Educación; así como el recibo de pago del derecho correspondiente;
Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio N° 125-2024-OGT-SG-UNFV de fecha 25.01.2024, señala que se expidió con fecha 23.11.2005 el Diploma de Grado de Bachiller en Educación a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 97, Folio N° 165 y Registro N° 71726, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señalan que lo solicitado por doña NIMIA MELÉNDEZ VILLANUEVA cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley N° 28626;
En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal N° 119-2024-OCAJ-UNFV, de fecha 31.01.2024 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 675-2024-R-UNFV, de fecha 14.02.2024; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 92 de fecha 29.02.2024, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Educación, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña NIMIA MELÉNDEZ VILLANUEVA;
De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 9709-2021-UNFV, de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. N° 479-2022-CU-UNFV, de fecha 27.06.2022;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña NIMIA MELÉNDEZ VILLANUEVA (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 97, Folio Nº 165, Registro Nº 71726 y fecha de expedición 23.11.2005, el cual obra en la referida Oficina.
Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR.
Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO
Rectora
ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA
Secretario
2297077-1