Autorizan la expedición de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina de la Universidad Nacional Federico Villarreal
UNIVERSIDAD NACIONAL
FEDERICO VILLARREAL
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCIÓN R. Nº 2945-2024-CU-UNFV
San Miguel, 11 de enero de 2024
Visto, el expediente con NT. 54240-2023, de fecha 03.08.2023, seguido por doña ROCÍO MILUSKA PARRALES DONAYRE, egresada de la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;
Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad;
Que, mediante documento de fecha 03.08.2023, doña ROCÍO MILUSKA PARRALES DONAYRE solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, el cual fue expedido por esta Universidad el 05.03.2012, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, copia de la Resolución R. Nº 579-2012-CU-UNFV de fecha 05.03.2012, copia de la Constancia Nº 0057-2023 de Bachiller en Medicina; así como el recibo de pago del derecho correspondiente;
Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 895-2023-OGT-SG-UNFV de fecha 08.08.2023, señala que se expidió con fecha 05.03.2012 el Diploma de Grado de Bachiller en Medicina a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 126, Folio Nº 88 y Registro Nº 94499, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señalan que lo solicitado por doña ROCÍO MILUSKA PARRALES DONAYRE cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Medicina, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626;
En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal Nº 1162-2023-OCAJ-UNFV, de fecha 13.11.2023 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 5290-R-UNFV, de fecha 17.11.2023; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 084 de fecha 30.11.2023, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Medicina, otorgado por la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña ROCÍO MILUSKA PARRALES DONAYRE;
De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 9709-2021-UNFV, de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. Nº 479-2022-CU-UNFV, de fecha 27.06.2022;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, otorgado por la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña ROCÍO MILUSKA PARRALES DONAYRE (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 126, Folio Nº 88, Registro Nº 94499 y fecha de expedición 05.03.2012, el cual obra en la referida Oficina.
Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR.
Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO
Rectora
ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA
Secretario General
2297056-1