Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a Colombia y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura

Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a Colombia y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 143-2024-PCM

Lima, 11 de junio de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta P-175/2024 de fecha 27 de mayo de 2024, la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (ANDESCO) de Colombia extiende una invitación al Ministro del Ambiente para participar en el XXVI Congreso de Servicios Públicos y Comunicaciones, a realizarse del 27 al 29 de junio de 2024, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; estando prevista la participación del citado Ministro en el panel: “Diálogo Sectorial Aseo y Gestión de Residuos: El modelo empresarial en la transición organizada del servicio de aseo hacia la economía circular”, a llevarse a cabo el 27 de junio de 2024;

Que, el referido panel tiene como objetivo debatir los retos y propuestas para que el servicio de aseo avance de manera organizada hacía la economía circular, con los incentivos apropiados para impulsar la valorización y tratamiento, de manera que se consigan los beneficios ambientales y sociales de las políticas sectoriales;

Que, el Ministerio del Ambiente, como ente rector en materia ambiental, conduce la elaboración de la Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030, así como de la Coalición Nacional de Economía Circular (CNEC);

Que, la participación del Ministro del Ambiente en el mencionado evento permitirá estrechar alianzas con la República de Colombia dando a conocer la experiencia del Perú en materia de gestión de residuos sólidos y el tránsito hacia una economía circular, que son parte de las prioridades del país en materia ambiental; así como, dar a conocer las acciones que viene realizando el Perú en diversos foros internacionales en dichas materias; además, constituirá una oportunidad para promover la inversión privada en el Perú para la gestión integral de los residuos sólidos y el tránsito hacia una economía circular, entre otros;

Que, en ese sentido, es de interés nacional autorizar el viaje del señor JUAN CARLOS CASTRO VARGAS, Ministro del Ambiente, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia;

Que, los gastos relacionados con la participación del Ministro del Ambiente en el citado evento serán cubiertos por la ANDESCO; por lo que no irrogará gastos al Tesoro Público;

Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho del Ambiente;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUAN CARLOS CASTRO VARGAS, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 26 al 28 de junio de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son asumidos por la ANDESCO.

Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ambiente a la señora LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

2297022-5