Martes, 17 de diciembre 2024 - Diario digital del Perú

Definen que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Cracovia será la de Consulado

Definen que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Cracovia será la de Consulado

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 059-2020-RE

Lima, 20 de mayo de 2020

VISTO:

El Decreto Supremo Nº 014-2020-RE, mediante el cual se dispone el establecimiento de la Oficina Consular del Perú en Cracovia y establece su circunscripción;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo N° 014-2020-RE, determina la sede y circunscripción consular de la Oficina Consular del Perú en Cracovia, por lo cual es necesario definir su categoría;

Que, las oficinas consulares tienen las categorías siguientes: Consulado General, Consulado, Viceconsulado, Sección Consular y Agencia Consular;

Con el consentimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Polonia, emitido mediante Nota PD.100.212.2018/6, de 28 de agosto de 2019; y, la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, el artículo 38 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Definir que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Cracovia será la de Consulado.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

1866605-18