Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 1351-2024-MP-FN
Lima, 6 de junio de 2024
VISTO:
El oficio Nº 005237-2024-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 15 de mayo de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Mediante oficio Nº 408-2024-FPPEDTL-MP-FN-LIMA enviado el 30 de abril de 2024, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), la abogada Rosalia Roxana Chipana Sulca, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios, presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos de índole familiar y salud, señalando como último día de labores el 2 de mayo 2024.
Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, el abogado Fredy Eloy Vizcarra Villegas, fiscal provincial titular penal especializado en delitos tributarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios, quien para tal fin suscribe la carta de renuncia en mención.
A través del oficio de visto, la abogada Lourdes Bernardita Tellez Perez de Vargas, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando el visto bueno respectivo.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada.
El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia de la referida magistrada, debiéndose considerar como último día de labores el 2 de mayo 2024.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Rosalia Roxana Chipana Sulca, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios, por consiguiente dejar sin efecto, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 2271-2022-MP-FN y 3505-2023-MP-FN, de fechas 21 de octubre de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente; a partir del 3 de mayo de 2024.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Rosalia Roxana Chipana Sulca que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2296086-1