Prorrogan plazos para aprobación y publicación de informes de evaluación y matriz de compromisos de la Política Nacional de Igualdad de Género y de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, y de la matriz de compromisos de las políticas nacionales, establecidos en la sección III de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 061-2023-CEPLAN/PCD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 00052-2024/CEPLAN/PCD
Lima, 6 de junio de 2024
VISTO: El Proveído Nº 001308-2024-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº 000067-2024-CEPLAN-DNSE de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación; y el Informe Nº 000114-2024-CEPLAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10, de la citada norma, disponen que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; y como función especial del CEPLAN, el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, y modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN, aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00021-2024/CEPLAN/PCD, se aprobó la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – Sinaplan”, que establece el marco normativo de carácter general del sistema de planeamiento estratégico, que incluye lineamientos en materia de seguimiento y evaluación;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0061-2023/CEPLAN/PCD, de fecha 04 de agosto de 2023, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN”;
Que, mediante Oficio Nº D000170-2024-MIMP-OGPPM de fecha 30 de mayo de 2024, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, consulta al Ceplan sobre la ampliación de plazo establecido en la sección II de la citada Guía, para la publicación y aprobación del informe de evaluación de la “Política Nacional de Igualdad de Género” y la “Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030”, las cuales han sido priorizadas por el Ministerio en el marco del proceso de evaluación externa que se realizará a ambas políticas por parte del Ceplan;
Que, mediante el Informe Nº 000067-2024-CEPLAN-DNSE de fecha 03 de junio de 2024, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación - DNSE, informa sobre el trabajo colaborativo del Ceplan con MIMP, para hacer la evaluación externa de diseño e implementación de la “Política Nacional de Igualdad de Género” y de la “Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030”, proponiendo la ampliación del plazo para la aprobación y publicación del informe de evaluación de ambas políticas nacionales;
Que, en ese sentido, la DNSE informa que en atención a lo requerido, de manera excepcional y con la finalidad de garantizar un proceso de evaluación que oriente a mejorar el diseño e implementación en el marco de elementos priorizados; asimismo, con la finalidad de asegurar una adecuada y detallada elaboración de la matriz de compromisos, recomiendan la pertinencia de extender el plazo para la aprobación y publicación, permitiendo así un análisis participativo y exhaustivo por parte de las entidades responsables, asegurando la eficacia y eficiencia en la implementación de las políticas nacionales; por lo que, corresponde la ampliación del plazo establecido en la sección III de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 061-2023-CEPLAN/PCD; ésta ampliación de plazo solicitada por el MIMP, no exonera la aprobación y publicación de sus Reportes de Seguimiento y Reportes de Cumplimiento, las cuales tienen plazo hasta el 15 de junio de 2024;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 145.2 del artículo 145 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que cuando el último día del plazo o la fecha determinada es inhábil o por cualquier otra circunstancia la atención al público ese día no funcione durante el horario normal, son entendidos prorrogados al primer día hábil siguiente;
Que, en la sección III de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”; se establece que, el plazo para la publicación de los reportes de seguimiento, informes de evaluación y reportes de cumplimiento de políticas nacionales, correspondientes al año 2023, es hasta el 15 de junio de 2024; toda vez que, dicha fecha es un día inhábil, corresponde en mérito a la norma antes citada, que se comprenda el plazo hasta el 17 de junio de 2024;
Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica (e) del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico– CEPLAN; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM y modificatorias, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; Decreto Supremo Nº 103-2023-PCM, que aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD; la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - Sinaplan, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00021-2024/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prorrogar hasta el 16 de diciembre de 2024, el plazo para la aprobación y publicación de los informes de evaluación y matriz de compromisos de la Política Nacional de Igualdad de Género y de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, establecido en la sección III de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 061-2023-CEPLAN/PCD.
Artículo 2.- Prorrogar hasta el 15 de agosto de 2024, el plazo para la aprobación y publicación de la matriz de compromisos de las políticas nacionales, establecido en la sección III de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 061-2023-CEPLAN/PCD.
Artículo 3.- Precisar que, el plazo para la publicación de los reportes de seguimiento, informes de evaluación y reportes de cumplimiento de políticas nacionales, correspondientes al año 2023, establecido en la sección III de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 061-2023-CEPLAN/PCD, es hasta el día lunes 17 de junio de 2024, en atención a lo establecido en el numeral 145.2 del artículo 145 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI
Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN
2295986-1