Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio de Defensa

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio de Defensa

DECRETO SUPREMO

Nº 098-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modificaciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos; precisando en el numeral 3.2 del citado artículo que dicha acción deberá ser informada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República durante los primeros cinco (05) días hábiles de haber sido realizada;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2021-EF, se aprueba la operación de endeudamiento interno, acordada entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de S/ 205 109 706,00 (DOSCIENTOS CINCO MILLONES CIENTO NUEVE MIL SETECIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES); destinada a financiar parcialmente once (11) proyectos de inversión a cargo del Ministerio de Defensa, cuyo contrato fue suscrito el 26 de mayo de 2021;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 099-2021-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 114 300 000,00 (CIENTO CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa de Infraestructura Vial para la Competitividad Regional - PROREGION 1, suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 5247/OC-PE;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2018-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 65 000 000,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente los Proyectos “Mejoramiento de la Gestión de la Inversión Pública” y “Mejoramiento de la Capacidad para la Generación del Conocimiento y Mejora Continua en la Gestión de la Contratación Pública”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 4428/OC-PE;

Que, mediante los Oficios Nº 0033-2024-MTC/09 y Nº 0040-2024-MTC/09, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones comunica al Ministerio de Defensa que la Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones cuenta con saldos de libre disponibilidad por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el proyecto de inversión “Mejoramiento de la carretera Emp. PE-5N (puente Vilcaniza) - Emp. PE-08B (DV. Daguas); Emp. PE-5NC (DV. El Milagro) - Emp. PE-5 N (Bagua Grande); Emp. PE-08B (Chachapoyas) - Emp. PE-08B (Magdalena); Emp. PE-08C (DV. Pedro Ruiz Gallo) - Emp. PE-08C (Caclic); Emp. PE-08B (Tingo) - Kuelap; Emp. PE- 3N B (Bambamarca) - Emp. PE - 08B (Celendín); Emp. PE-3N (Bambamarca) - Puerto Marañón, por niveles de servicio; distrito de Yambrasbamba - provincia de Bongara - departamento de Amazonas”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2510877, por la suma de S/ 21 088 627,00 (VEINTIÚN MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES);

Que, mediante el Oficio Nº 031-2024-EF/41.03, el Ministerio de Economía y Finanzas comunica al Ministerio de Defensa que la Unidad Ejecutora 012: Oficina General de Inversiones y Proyectos cuenta con saldos de libre disponibilidad por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el proyecto de inversión “Mejoramiento de la gestión de la inversión pública”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2359961, por la suma de S/ 3 845 361,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES);

Que, mediante los Oficios Nº 00381-2024-MINDEF/DM y Nº 00575-2024-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los saldos de libre disponibilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar la ejecución de proyectos de inversión vinculados a la operación de endeudamiento interno aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 083-2021-EF; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00081-2024-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, así como los Informes Nº 00020-2024-MINDEF/VRD-DGPP-DIPRI y Nº 00065-2024-MINDEF/VRD-DGPP-DIPRI, de la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando Nº 0130-2024-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, opina favorablemente respecto a la Transferencia de Partidas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Economía y Finanzas a favor del Ministerio de Defensa, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar la ejecución de proyectos de inversión vinculados a la operación de endeudamiento interno aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 083-2021-EF;

Que, mediante el Memorando Nº 0261-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe Nº 0129-2024-EF/63.04, en el cual señala que los proyectos de inversión incluidos en la solicitud del Ministerio de Defensa, cumplen con las disposiciones establecidas por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones encontrándose sin observaciones, viables y activos;

En consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 949 024,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES) del Ministerio de Economía y Finanzas y hasta por la suma de S/ 18 986 806,00 (DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, destinados al Ministerio de Defensa, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma total de S/ 20 935 830,00 (VEINTE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, para financiar la ejecución de siete (07) proyectos de inversión vinculados a la operación de endeudamiento interno aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 083-2021-EF, en el marco de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 012 : Oficina General de Inversiones y Proyectos

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

PROYECTO 2359961 : Mejoramiento de la gestión de la inversión pública

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 949 024,00

PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones

UNIDAD EJECUTORA 010 : MTC – Provías Descentralizado

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte

PROYECTO 2510877 : Mejoramiento de la Carretera EMP. PE-5N (Puente Vilcaniza) - EMP. PE-08B (DV. Daguas); EMP. PE-5NC (DV. El Milagro) - EMP. PE-5 N (Bagua Grande); EMP. PE-08B (Chachapoyas) - EMP. PE 08B (Magdalena); EMP. PE-08C (DV. Pedro Ruíz Gallo) - Emp. PE-08C (CACLIC); EMP. PE-08B (Tingo)- KUELAP; EMP. PE-3N B(Bambamarca) - EMP. PE - 08B (Celendín); EMP. PE- 3N (Bambamarca) - Puerto Marañón, por Niveles de Servicio; Distrito de Yambrasbamba – Provincia de Bongara – Departamento de Amazonas

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 18 986 806,00

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TOTAL EGRESOS 20 935 830,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 026 : M. de Defensa

UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 12 326 213,00

UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 857 078,00

UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 999 673,00

UNIDAD EJECUTORA 006 : Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 803 842,00

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 949 024,00

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TOTAL EGRESOS 20 935 830,00

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1.2. El pliego habilitado en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliego se detallan en el Anexo I “Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio de Defensa”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se detallan en el Anexo II “Desagregación de Ingresos”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo; y se presenta junto con la resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la unidad ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2296143-4