Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00546-2024-DE

Lima, 6 de junio del 2024

VISTOS:

El Oficio N° 3762/51, de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01509-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00809-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección de Hidrografía y Navegación, es la institución representante del Perú ante la Organización Hidrográfica Internacional (OHI), la cual tiene como competencia el establecimiento de normas internacionales para la producción de datos hidrográficos y cartográficos, apoyando a los países miembros en el desarrollo de la capacidad de los Servicios Hidrográficos Nacionales; asimismo, es el organismo autorizado hidrográfico mundial que compromete activamente a todos los estados costeros interesados en lo que respecta a la seguridad y eficiencia marítima; así como, apoyar la protección y sostenibilidad de los usos del medio ambiente marítimo;

Que, la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) y la Dirección de Hidrografía y Navegación en la actualidad colaboran para promover la seguridad marítima, la gestión sostenible de los recursos marinos y la protección del medio ambiente marino a través del intercambio de información, tecnología y buenas prácticas con otros Estados miembros de la OHI;

Que, mediante Carta Circular 07/2024 del 9 de febrero de 2024, el Director de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) hace extensiva la invitación a los Estados Miembros de la Organización Hidrográfica Internacional para participar en la 22° Reunión del Subcomité de Creación de Capacidades (CBSC22), del 5 hasta el 7 de junio de 2024, y en la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), del 10 al 12 de junio de 2024, a realizarse ambas reuniones en la Isla de Santa Cruz - Galápagos, República del Ecuador;

Que, con Oficio N° 1123/32, el Director de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Director de la Organización Hidrográfica Internacional que la invitación cursada ha sido aceptada, confirmando la participación en la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), a llevarse a cabo del 10 al 12 de junio de 2024, habiéndose designado al Capitán de Fragata Luis Miguel GUTIERREZ BAO y al Teniente Primero Luis Gustavo CORDOVA CONTRERAS;

Que, por medio del Informe Técnico N° 014-2024, el Jefe de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales de la Dirección de Hidrografía y Navegación, indica que es importante para los intereses institucionales que el personal militar designado asista a la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), debido a que la OHI proporciona información y tecnología relacionada con la cartografía marina, la hidrografía y otras áreas relevantes para la gestión de los océanos; por lo que, recomienda continuar con el trámite de aprobación correspondiente;

Que, con Informe Legal N° 048-2024-OAL/DHN, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú opina que es legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Luis Miguel GUTIERREZ BAO y del Teniente Primero Luis Gustavo CORDOVA CONTRERAS para participar en la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), a realizarse en la Isla de Santa Cruz-Galápagos, República del Ecuador, del 10 al 12 de junio de 2024;

Que, de acuerdo a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al Oficio N° 3762/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, la presente autorización de viaje al exterior resulta conveniente para los intereses institucionales; por cuanto, le permitirá al Oficial Superior acceder a información y tecnología relacionada con la cartografía marítima, la hidrografía y otras áreas relevantes para la gestión de los océanos, lo que a su vez podrá beneficiar a la seguridad marítima, la navegación y otras actividades relacionadas con el mar; asimismo, otorgará importantes beneficios en términos de cooperación regional, gestión sostenible de los recursos marinos, acceso a información y tecnología y alineación con estándares internacionales;

Que, con Hoja de Gastos N° 089-2024, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Oficina General de Administración y por el Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, se detallan los gastos por concepto pasajes aéreos, pasajes vía ferry y viáticos que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, conforme a la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 108-2024, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección General del Personal de la Marina detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del citado viaje; asimismo, conforme a las Certificaciones de Créditos Presupuestarios N° 0000000101 y N° 0000000102 emitidas por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el financiamiento del citado viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, mediante Oficio N° 3762/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del citado personal naval, para que participen en la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), a realizarse en la Isla de Santa Cruz-Galápagos, República del Ecuador, del 10 al 12 de junio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 9 de junio y su retorno el 13 de junio de 2024;

Que, a través del Oficio N° 01509-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 424-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN que contiene la opinión técnica favorable de la mencionada Dirección General respecto a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal militar;

Que, mediante el Informe Legal N° 00809-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Luis Miguel GUTIERREZ BAO y del Teniente Primero Luis Gustavo CORDOVA CONTRERAS para participar en la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), a realizarse en Isla de Santa Cruz – Galápagos, República del Ecuador, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatoria; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Luis Miguel GUTIERREZ BAO, identificado con CIP N° 01016179 y DNI N° 43310850, y del Teniente Primero Luis Gustavo CORDOVA CONTRERAS, identificado con CIP N° 01016994 y DNI N° 45632081, para que participen en la 16° Reunión del Comité de Coordinación Inter-Regional (IRCC16), a realizarse en Isla de Santa Cruz – Galápagos, República del Ecuador, del 10 al 12 de junio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 9 de junio y su retorno el 13 de junio de 2024.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo al concepto siguiente:

Pasajes aéreos: Lima – Isla de San Cristóbal (República del Ecuador) - Lima

US$ 1,100.00 x 2 personas US$ 2,200.00

Pasajes vía Ferry: Isla de San Cristóbal – Isla de Santa Cruz, Galápagos- Isla de San Cristóbal (República del Ecuador)

US$ 35.00 x 2 personas x 2 (ida-vuelta) US$ 140.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 2 personas x 3 días US$ 2,220.00

Total a pagar: US$ 4,560.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2295976-1