LEY Nº 32050
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL EL MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL CARLOS MONGE MEDRANO DEL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMÁN,
DEPARTAMENTO DE PUNO
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, con la finalidad de proteger a la población, prevenir las enfermedades y garantizar su atención integral con servicios especializados de calidad, y de manera efectiva y oportuna, para cerrar las brechas de necesidades insatisfechas de la población del departamento de Puno.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA. Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud y categorización
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único, el Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Puno establecerán las disposiciones específicas para el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, de forma tal que pueda acceder a la categoría de hospital de nivel III.
SEGUNDA. Proyecto de mejoramiento, ampliación de los servicios de salud y categorización
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía y Finanzas coordinan con el Gobierno Regional de Puno la elaboración del proyecto de mejoramiento, ampliación de los servicios de salud y categorización del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, a hospital de nivel III, el cual será implementado conforme a la programación y disponibilidad presupuestal.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
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