Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ley que declara de interés nacional el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca provincia de San Román departamento de Puno

LEY Nº 32050

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL EL MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL CARLOS MONGE MEDRANO DEL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMÁN,

DEPARTAMENTO DE PUNO

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, con la finalidad de proteger a la población, prevenir las enfermedades y garantizar su atención integral con servicios especializados de calidad, y de manera efectiva y oportuna, para cerrar las brechas de necesidades insatisfechas de la población del departamento de Puno.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FINALES

PRIMERA. Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud y categorización

En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único, el Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Puno establecerán las disposiciones específicas para el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, de forma tal que pueda acceder a la categoría de hospital de nivel III.

SEGUNDA. Proyecto de mejoramiento, ampliación de los servicios de salud y categorización

En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía y Finanzas coordinan con el Gobierno Regional de Puno la elaboración del proyecto de mejoramiento, ampliación de los servicios de salud y categorización del hospital Carlos Monge Medrano del distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, a hospital de nivel III, el cual será implementado conforme a la programación y disponibilidad presupuestal.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

ARTURO ALEGRÍA GARCÍA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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