Autorizan viaje de fiscal a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1316-2024-MP-FN
Lima, 3 de junio de 2024
VISTO:
El oficio Nº 1446-2024-FSCEE-MP-FN, de fecha 30 de mayo de 2024, cursado por el fiscal superior coordinador de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN; y,
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de visto, el fiscal superior coordinador de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN solicita autorización de viaje en comisión de servicios para el señor Walter Edgardo Villanueva Luicho, fiscal provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios que forma parte del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 5 al 7 de junio de 2024.
La citada comisión de servicios tiene por finalidad desarrollar diligencias presenciales de carácter reservado, las cuales se señalan en el oficio citado en el párrafo precedente, en el marco de una investigación a cargo de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios que forma parte del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN.
Los gastos que irrogue la presente comisión serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, por lo que la autorización de viaje se efectúa conforme a la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, que en el inciso 1 de su artículo 10 establece que “Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”.
Mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”, asimismo, el artículo 4 señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”.
En ese sentido, de conformidad con las normas mencionadas en los párrafos precedentes y de acuerdo al numeral 5.2.1.3 de la Directiva “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios” en su versión 08, aprobada por la Resolución de la Oficina General de Finanzas del Ministerio Público Nº 011-2024-MP-FN-GG-OGFIN; corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje –en tarifa económica- del mencionado fiscal a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 5 al 7 de junio de 2024, de acuerdo con las funciones del Ministerio Público y, a efectos de garantizar un óptimo resultado en las investigaciones, en el marco del debido proceso y por ser de interés institucional.
Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina General de Logística, Oficina General de Finanzas y Oficina General de Asesoría Jurídica.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo n.° 052 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Walter Edgardo Villanueva Luicho, fiscal provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios que forma parte del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 5 al 7 de junio de 2024, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las Oficinas Generales de Logística y Finanzas, proceda con la adquisición de los pasajes aéreos internacionales en tarifa económica, la asignación de viáticos y seguro de viaje, conforme al detalle siguiente:
Pasajes Aéreos (tarifa económica) |
Viáticos |
Seguro de viaje |
US$ 1 200,00 |
US$ 999,00 (por 3 días) |
US$ 60,00 |
Artículo Tercero.- Encargar a la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN adoptar las medidas pertinentes a fin de garantizar el normal funcionamiento del despacho fiscal del comisionado, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicios, el fiscal mencionado en el artículo primero de la presente resolución deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe detallado en el que describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la citada comisión materia de la resolución.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución al Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina General de Logística, Oficina General de Finanzas, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al interesado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2295456-1