Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 12-2024-ALC/MPC
Callao, 15 de mayo de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
Los Memorandos N° 388, N° 665, N° 839-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal y el Memorándum N° 164-2024-MPC/ODSSCPMA-GG de la Gerencia General del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, así como sus antecedentes, referidos a las propuestas de modificación del Manual de Operaciones del Órgano Desconcentrado Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección al Medio Ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 54-2018-PCM y sus modificatorias, que aprueba los lineamientos de Organización del Estado, en el artículo 14, numeral 14.1, señala que los Órganos Desconcentrados son órganos que desarrollan funciones sustantivas para prestar bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no cubiertas en el territorio. Requieren de una organización desconcentrada distinta a la de la entidad de la cual forman parte, la cual se desarrolla en un manual de operaciones, (…). En el ROF se habilita a la entidad a crear órganos desconcentrados y se establecen sus funciones específicas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa sustantiva aplicable a la entidad;
Que, por medio de la Ordenanza Municipal Nº 033-2023 de fecha 13 de diciembre de 2023, se aprobó la nueva estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, de acuerdo al artículo 151 de Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, se establece que el Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, es responsable de los servicios de Limpieza Pública, Mantenimiento de la Ciudad, conservación de las Áreas Verdes de uso público, y de conducir las políticas ambientales en el ámbito de su competencia (…). Los Instrumentos de Gestión que se requieran para el funcionamiento del órgano, y sus modificaciones, son aprobadas por decreto o resolución de Alcaldía según corresponda;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2024-ALC/MPC de fecha 03 de enero de 2024, se aprobó el Manual de Operaciones del Órgano Desconcentrado Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección al Medio Ambiente, que tiene por finalidad la optimización de las actividades, acciones y servicios para el control, conservación y mejoramiento del medio ambiente;
Que, desde su aprobación hasta la fecha, el Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente ha propuesto las siguientes modificaciones a su Manual de Operaciones:
• Que las funciones de Almacén que se encuentran en la Jefatura de Maestranza y Almacén sean reasignadas a la Oficina de Logística, y las funciones de maestranza permanezcan en la jefatura; pasando a denominarse Jefatura de Maestranza; propuesta planteada mediante Informe N° 012-2024-MPC/ODSSCPMA-OLG de la Oficina de Logística y es respaldada por la Gerencia General del mencionado Órgano Desconcentrado; contando con opinión técnica y legal favorables, emitidas a través del Memorando N° 068-2024-MPC/OGPMPI de la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones y el Informe N° 050-2024-MPC/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial del Callao, respectivamente;
• Que se le asignen nuevas funciones a la Oficina de Recursos Humanos del ODSSCPMA, a fin de fortalecer las intervenciones en materia de recursos humanos en relación al personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; propuesta generada por la Oficina de Recursos Humanos, respaldada por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General del ODSSCPMA, y que cuenta con opinión técnica y legal favorables, emitidas a través del Memorando Nº 178-2024-MPC/OGPMPI de la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones y del Informe N° 134-2024-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial del Callao, respectivamente;
• Que se le asigne a la Oficina de Recursos Humanos del ODSSCPMA, la función de otorgar alimentación principal diaria a los obreros municipales bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728 pertenecientes al ODSSCPMA; propuesta generada por la Oficina de Recursos Humanos, con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica del ODSSCPMA, emitida mediante Informes N° 35-2024-MPC-ODSSCPMA y N° 39-2024-MPC-ODSSCPMA. Esta propuesta es respaldada por la Gerencia General del ODSSCPMA y cuenta además con opinión técnica y legal favorables, emitidas a través del memorándum N° 254-2024-MPC/OGPMPI de la Oficina General de Planeamiento, Modernización, Presupuesto e Inversiones y del Informe N° 169-2024-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial del Callao, respectivamente;
Que, mediante Memorándum N° 839-2024-MPC/GM, la Gerencia Municipal solicita que, sobre la base y los mismos argumentos planteados por la Oficina General de Asesoría Jurídica en el Informe N° 154-2024-MPC/OGAJ, se incorpore como función de la Oficina de Recursos Humanos del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, emitir resoluciones de reincorporación, reposición, reconocimiento de servidores contratados y similares, en cumplimiento de resoluciones judiciales, que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, siendo su estado de inamovible, medidas cautelares u otros mandatos que sean de obligatorio cumplimiento;
Que, a través del Memorándum N° 164-2024-MPC/ODSSCPMA-GG de fecha 15 de mayo de 2024, la Gerencia General del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, remite a la Secretaría General del Concejo Municipal el texto de la versión actualizada del Manual de Operaciones, consolidado con las propuestas de modificación antes mencionadas y debidamente visado por las áreas respectivas, a fin de continuar el trámite correspondiente;
Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, así como de la Gerencia General y la Oficina de Asesoría Jurídica del ODSSCPMA, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- APROBAR la modificación del MANUAL DE OPERACIONES DEL ÓRGANO DESCONCENTRADO DEL SISTEMA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, de acuerdo al texto actualizado y consolidado que, en Anexo adjunto, forma parte del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 2.- ENCARGAR al personal del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente el cumplimiento de las funciones de cada uno de los cargos contenidos en el Manual aprobado por el presente, según corresponda y de acuerdo con las responsabilidades que deben ejercer.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal disponga la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, la publicación del Decreto y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2294718-1