Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen el desplazamiento de tres (3) Consejeros Económicos Comerciales a México Chile y Colombia

Disponen el desplazamiento de tres (3) Consejeros Económicos Comerciales a México, Chile y Colombia

RESOLUCIÓN N° 000093-2024-PROMPERU/PE

San Isidro, 3 de junio del 2024

VISTOS: El Informe N° 015-2024-PROMPERU/DO de la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior; el Informe N° 139-2024-PROMPERU/GG-ORH de la Oficina de Recursos Humanos y el Informe N° 215-2024-PROMPERU/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;

Que, el numeral 24.1 del artículo 24 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, dispone que las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y orgánicamente de PROMPERU;

Que, el numeral 6.2.1 de la Directiva N° 004-2021-PROMPERU/DO, Lineamientos para la Gestión de los Consejeros Económicos Comerciales a cargo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, aprobados por Resolución de Gerencia General N° 112-2021-PROMPERÚ/GG, señala que el desplazamiento del Consejero Económico Comercial a una determinada OCEX se realiza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ;

Que, a través del documento de vistos, la Oficina de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, recomendando de igual forma, se deje sin efecto, entre otros, el acto resolutivo mediante la cual se procedió a disponer el desplazamiento de diferentes sedes OCEX, entre las que se encuentran los CEC a quienes se propone sean desplazados a otras sedes OCEX;

Que, a través del informe de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU y normas modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE; la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas; la Directiva N° 004-2021-PROMPERU/DO, Lineamientos para la Gestión de los Consejeros Económicos Comerciales a cargo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 112-2021-PROMPERU/GG; y, la Resolución Ministerial N° 120-2024-MINCETUR;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer el desplazamiento de un total de tres (3) Consejeros Económicos Comerciales, según el siguiente detalle:

CONSEJERO ECONÓMICO COMERCIAL

OCEX A LA CUAL SERÁ DESPLAZADO (A)

Max Francisco Rodríguez Guillén

México DF, Estados Unidos Mexicanos

María Teresa Villena Ramírez

Santiago de Chile, República de Chile

Julio José Polanco Pérez

Bogotá, República de Colombia

Artículo 2.- Disponer que los Consejeros Económicos Comerciales señalados en el artículo precedente, iniciarán sus funciones en la nueva sede OCEX a la cual son desplazados, una vez obtenida las acreditaciones correspondientes.

Artículo 3.- Dejar sin efecto todas las demás disposiciones que se opongan o contradigan a lo resuelto en la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia de PROMPERU, en el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano, deberá realizar la publicación correspondiente en el Portal Institucional de PROMPERU.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLARICIA TERESA TIRADO DÍAZ

Presidenta Ejecutiva

2295068-1