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Aprueban la Incorporación al proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz) y dictan otras disposiciones

Aprueban la Incorporación al proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz)”, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 27-2024/DEP.88

Lima, 30 de mayo de 2024

VISTOS:

El Resumen Ejecutivo Nº 2-2024/DEP.88, el Informe Técnico Nº 2-2024/DEP.88, el Informe Legal Nº 2-2024/DEP.88, el Informe Financiero Nº 2-2024/DEP.88 todos de fecha 17 de mayo de 2024, el Acuerdo del Comité PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Nº 275-2-2024-Telecomunicaciones de fecha 21 de mayo de 2024 y el Informe de Evaluación elaborado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 45-2024-MTC/01 del 31 de enero de 2024, se aprobó el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas (IMIAPP) 2024 – 2026 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC, incorporando los siguientes Proyectos en Activos: (a) Bandas 5G – Banda de Frecuencias 3.5 GHz (3,300 – 3,400 MHz y 3,600 – 3,800 MHz) y la liberación y/o reordenamiento del rango de frecuencia de 3,400 – 3,600 MHz, y (b) Bandas 5G – Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz);

Que, mediante Oficio Nº 415-2024-MTC.27 del 05 de marzo de 2024 (E012402165), el Director de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones (DGPPC) del MTC, en su calidad de Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Comunicaciones (CPIP-C) y de acuerdo con lo aprobado mediante Acta Nº 1-2024-MTC-CPIP-C, remitió a PROINVERSIÓN el Informe de Evaluación del Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz)”, así como solicitó continuar con el procedimiento respectivo para su incorporación al Proceso de Promoción de la Inversión Privada;

Que mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 26-2024 del 27 de marzo de 2024, se asignó al señor Aldo Laderas Parra la conducción de los siguientes Proyectos: (a) Banda de Frecuencias 3.5 GHz (3,300 – 3,400 MHz y 3,600 – 3,800 MHz); (b) Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz);

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN Nº 36-2024 del 17 de abril de 2024, se resolvió asignar el Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz)” al Comité Especial de Inversión en Proyectos de Transporte y Telecomunicaciones – PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES;

Que, mediante Oficio Nº 1-2024/PROINVERSIÓN/DEP.88 del 22 de abril de 2024, se remitió al CPIP-C del MTC observaciones al Informe de Evaluación del Proyecto, solicitando la actualización del mismo;

Que, mediante Oficios Nº 747 y Nº 777-2024-MTC/27 del 02 y 08 de mayo de 2024, el Presidente del CPIP-C del MTC remitió el Informe de Evaluación actualizado, formulado y suscrito por la Dirección de Programas y Proyectos de Comunicaciones del MTC;

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 4 del numeral 16.3 del artículo 16º del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362, la Dirección Ejecutiva tiene como funciones el ratificar los acuerdos de los Comités Especiales de Inversiones que aprueban los principales hitos de los proyectos desarrollados bajo las modalidades de Asociación Público Privada y de Proyecto en Activos, cuyo Costo Total de Inversión no exceda las 300,000 UIT, previa verificación de la consistencia del proceso;

Que, asimismo, el inciso 6 del numeral 16.3 del precitado artículo 16º del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 precisa como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva el cumplir las funciones que se precisen en el Reglamento de Organización y Funciones, y todas aquellas que le asigne el Consejo Directivo;

Que, mediante Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 127-1-2023-CD, de fecha 05 de mayo de 2023, se delegó en la Dirección Ejecutiva entre otras funciones incorporar y excluir proyectos al proceso de promoción, así como aprobar la modalidad de promoción de la inversión privada y sus modificatorias, siempre que el costo total de inversión, o costo total del proyecto en caso este no tenga componente de inversión, no supere las 300,000 UIT;

Que, en el presente caso el Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 - 26.7 GHz)” tiene un Costo Total de Inversión menor a las 300,000 UIT;

Que, conforme al numeral 17.1 del artículo 17º del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 los Comités Especiales de Inversiones son órganos colegiados encargados de aprobar y elevar a la Dirección Ejecutiva, para su ratificación, o para su conformidad y remisión al Consejo Directivo, según corresponda, los documentos que corresponden a los principales hitos del proceso, como en el presente caso, el Informe de Evaluación del Proyecto;

Que, conforme a lo señalado en el numeral 144.3 del artículo 144º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, para la incorporación al proceso de promoción de proyectos en activos se requiere únicamente de la conformidad del Organismo Promotor de la Inversión Privada (en este caso PROINVERSIÓN) al Informe de Evaluación;

Que, mediante Acuerdo del Comité PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Nº 275-2-2024-Telecomunicaciones de fecha 21 de mayo de 2024, se aprobó la Conformidad al Informe de Evaluación del Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 - 26.7 GHz)”. Asimismo, se dispuso elevar dicho Acuerdo a la Dirección Ejecutiva para la ratificación correspondiente e incorporación del Proyecto al proceso de promoción de la inversión privada;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo del Comité PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Nº 275-2-2024-Telecomunicaciones de fecha 21 de mayo de 2024, por el que se aprobó la Conformidad al Informe de Evaluación del Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz)”.

Artículo 2º.- Aprobar la Incorporación al proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz)”.

Artículo 3º.- Establecer que la Modalidad de promoción de la inversión privada del Proyecto “Banda de Frecuencias 26 GHz (25.9 – 26.7 GHz)” será la de Proyectos en Activos bajo el esquema de contrato de concesión única, conforme a lo dispuesto en el inciso 2 del numeral 52.2 del artículo 52º del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 y a lo indicado en el Informe de Evaluación elaborado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones según lo dispuesto en el artículo 144º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de PROINVERSIÓN y en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- Comunicar la presente resolución al Comité PRO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, al Director de la Dirección Especial de Proyectos y al Director de Proyecto.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ

Director Ejecutivo

2295099-1