Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a la República de Corea y a la Confederación Suiza, y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos
resolución suprema
nº 134-2024-pcm
Lima, 5 de junio de 2024
VISTOS:
La Hoja de Trámite (GAB) N° 934 del Despacho Ministerial, de 20 de mayo de 2024; el Memorándum N° OPP016632024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 23 de mayo de 2024, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; el Memorándum N° LEG013452024 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 31 de mayo de 2024; y, el Memorándum N° OAP016922024 de la Oficina de Administración de Personal, de 31 de mayo de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Javier González Olaechea Franco, ha recibido la invitación oficial del Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Corea, señor Cho Tae-yul, para participar en el “Foro de Cooperación Futura Corea - América Latina y el Caribe”, que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 10 al 11 de junio de 2024;
Que, el “Foro de Cooperación Futura Corea - América Latina y el Caribe” tiene por objeto impulsar el diálogo y la cooperación entre gobiernos, organizaciones internacionales, sociedad civil y academia a fin de discutir iniciativas para la cooperación entre la República de Corea y América Latina y el Caribe en temas de interés mutuo, como la seguridad económica, minerales clave, tecnología verde y “start-ups”;
Que, asimismo, el 9 de junio de 2024, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores sostendrá en la ciudad de Seúl, una reunión con el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Corea, con quien abordará asuntos como el incremento del comercio bilateral y de las inversiones coreanas en el Perú, el fortalecimiento de la cooperación bilateral en materia de gobierno y economía digital, entre otros; así como, tratarán temas relacionados con el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), cuya presidencia es ejercida por el Perú el presente año y que será liderada por la República de Corea en el año 2025, entre otros temas;
Que, con ocasión del referido encuentro, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y su homólogo coreano suscribirán el “Acuerdo para la Cooperación en Cambio Climático entre la República del Perú y la República de Corea”, que permitirá fortalecer la capacidad de ambos países para reducir y/o eliminar las emisiones antropogénicas de gases de efecto invernadero y adaptarse a los efectos adversos del cambio climático, facilitando la transición de ambas partes hacia economías con bajas emisiones de carbono y resilientes al clima;
Que, de igual manera, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores presidirá, en la ciudad de Seúl, del 9 al 11 de junio de 2024, eventos dirigidos a la promoción de la imagen del Perú como un país confiable para la inversión extranjera, así como de los productos de la oferta exportable peruana en la República de Corea y la promoción cultural de nuestro país, a fin de incentivar las inversiones y el turismo coreano, en los cuales estarán presentes altos ejecutivos de empresas coreanas y funcionarios del gobierno de dicho país;
Que, por lo expuesto, la mencionada visita contribuirá a reforzar, al más alto nivel, la Asociación Estratégica Integral alcanzada en el año 2012 entre la República de Corea y la República del Perú, particularmente en los ámbitos político-diplomático, económico-comercial y de cooperación técnica;
Que, posteriormente, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores se trasladará a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, donde se llevará a cabo el Foro de Líderes Mundiales por el 60° aniversario de la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD, por sus siglas en inglés), los días 13 y 14 de junio de 2024; organización con la que nuestro país lleva a cabo proyectos de desarrollo económico, entre otros, los relativos al empoderamiento económico de las mujeres y el comercio electrónico;
Que, en dicho contexto, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores ha sido invitado por la UNCTAD como panelista en la sesión de alto nivel, titulada “Nivelarse es difícil: Estrategias de desarrollo en un mundo de crisis en cascada”; que se realizará en la referida ciudad, el 13 de junio de 2024. En la misma fecha, sostendrá una reunión con la Secretaria General de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), señora Doreen Bogdan-Martin, que permitirá reafirmar el interés del Perú en participar activamente en el organismo internacional, así como promover la cooperación técnica y el intercambio de conocimientos y buenas prácticas con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital;
Que, asimismo, el señor Canciller se reunirá, el 14 de junio de 2024, con la Secretaría General de la UNCTAD, señora Rebeca Grynspan, con motivo de afianzar el excelente relacionamiento de nuestro país con la referida organización internacional y ampliar la cartera de proyectos en materia de comercio y desarrollo;
Que, por otro lado, el gobierno suizo ha invitado a nuestro país a participar en la “Cumbre de la Paz sobre Ucrania” que se llevará a cabo del 15 al 16 de junio de 2024 en el cantón de Nidwalden, Confederación Suiza, la cual busca proporcionar una plataforma para el diálogo con miras a una paz global, justa y duradera para Ucrania, basada en el derecho internacional y en la carta de las Naciones Unidas;
Que, la participación del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en la Cumbre de la Paz sobre Ucrania permitirá exponer la visión de nuestro país de apoyo al multilateralismo y la solución pacífica de las controversias, contribuyendo con los esfuerzos de la comunidad internacional para la búsqueda de una paz integral al conflicto en Ucrania;
Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del señor Javier González Olaechea Franco, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en las diversas actividades que se realizarán en la ciudad de Seúl, República de Corea, así como en la ciudad de Ginebra y en el cantón de Nidwalden, Confederación Suiza;
Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Seúl, República de Corea, así como a la ciudad de Ginebra y al cantón de Nidwalden, Confederación Suiza, del 6 al 17 junio de 2024;
Que, el transporte aéreo a la ciudad de Seúl, República de Corea y de retorno a la ciudad de Lima, así como parte del traslado hacia la ciudad de Ginebra serán asumidos por el gobierno de la República de Corea;
Que, parte del transporte aéreo a la ciudad de Ginebra, así como los vuelos intra europeos, y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Seúl, República de Corea y a la ciudad de Ginebra y al cantón de Nidwalden, Confederación Suiza, del 6 al 17 junio de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los costos de transporte aéreo en los tramos París-Ginebra, Ginebra-Zurich y Zurich-París; así como los gastos de hospedaje y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (0263) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código AOI00004500085 Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos USD |
Viáticos por día Europa USD |
Viáticos por día Asia USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO |
1,950.50 |
500.00 |
3 + 2 |
2,500.00 |
|
540.00 |
4 |
2,160.00 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Dina Ercilia Boluarte Zegarra
Presidenta de la República
Gustavo Lino Adrianzén Olaya
Presidente del Consejo de Ministros
Javier GonzÁlez Olaechea Franco
Ministro de Relaciones Exteriores
2295374-2