Autorizan viaje de servidores para participar en eventos a realizarse en Bélgica
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000101-2024/SUNAT
AUTORIZA VIAJE DE SERVIDORES DE LA SUNAT PARA PARTICIPAR EN LA 90ª SESIÓN DE LA COMISIÓN POLÍTICA, LA REUNIÓN CON EL GRUPO CONSULTIVO DEL SECTOR PRIVADO Y LAS SESIONES 143ª/144ª DEL CONSEJO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS,
A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE BRUSELAS, REINO DE BÉLGICA
Lima, 24 de mayo de 2024
CONSIDERANDO:
Que mediante las Cartas N.os 24A36E y 24A37E del 26 y 30 de abril de 2024, respectivamente, el secretario general de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) invita a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para que asista a la 90ª sesión de la Comisión Política de la OMA, a la reunión con los miembros del Grupo Consultivo del Sector Privado, así como a las sesiones 143ª y 144ª del Consejo de la OMA, que se llevarán a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, entre el 24 y el 29 de junio de 2024;
Que la participación de la SUNAT en la sesión de la Comisión Política de la OMA se sustenta en que el Perú, en su calidad de Vicepresidente Regional para las Américas y el Caribe, es un miembro permanente, por lo que debe participar en la evaluación y aprobación de temas relacionados con la implementación de diversos instrumentos y herramientas de la OMA, el comercio electrónico, el Plan Estratégico de la OMA 2024-2025 y su Plan de Implementación 2024-2025, Aduanas Verdes, el Plan de Modernización, así como diversos temas de gobernanza, entre otros, que contribuirán con fortalecer los procesos aduaneros, mejorando la competitividad del país y facilitando un comercio exterior que garantice una cadena logística ágil y segura en el proceso de despacho aduanero;
Que, asimismo, la SUNAT participará en la reunión que se realizará entre los miembros de la Comisión Política y los socios representantes del Grupo Consultivo del Sector Privado y en las sesiones 143ª y 144ª del Consejo de la OMA en las que se evaluarán y aprobarán temas relacionados con el fortalecimiento de capacidades y se efectuará la revisión de temas técnicos tales como como reglas de origen, valoración y clasificación arancelaria, temas de política, gobernanza, presupuestarios y financieros así como relativos a las elecciones, nominaciones para puestos vacantes y representación regional, entre otros;
Que la participación de la SUNAT en los mencionados eventos se encuentra alineada a su objetivo estratégico institucional OEI 03 de su Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 - 2027, consistente en facilitar las operaciones lícitas en el comercio exterior, orientando sus esfuerzos en continuar con la simplificación, optimización y automatización de los procesos aduaneros;
Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus servidores a eventos de esta naturaleza, conforme a los informes técnicos adjuntos al Memorándum Nº 000038-2024-SUNAT/300000 del 15 de mayo de 2024, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento de los servidores Fernando Waldir Núñez Jáuregui, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, y Jessica Alata Ramírez, jefe de la División de Importaciones de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao;
Que la décimo sexta disposición complementaria final de la Ley Nº 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que, durante dicho año fiscal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en la citada ley, no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT;
Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras, y las acciones de promoción de importancia para la República del Perú;
Que el numeral 2 de la séptima disposición complementaria final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816, establece que, mediante resolución de superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;
Que los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos serán asumidos por la SUNAT, con cargo a su presupuesto institucional;
Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT, por razones de itinerario y de acuerdo con el detalle de las actividades programadas, corresponde autorizar el viaje de los mencionados servidores del 22 al 30 de junio de 2024;
De conformidad con lo dispuesto por la décimo sexta disposición complementaria final de la Ley Nº 31953, el numeral 2 de la séptima disposición complementaria final de la Ley Nº 29816, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT y, en uso de la facultad conferida por el literal m) del artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los servidores Fernando Waldir Núñez Jáuregui y Jessica Alata Ramírez a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 22 al 30 de junio de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle:
Fernando Waldir Núñez Jáuregui
Pasajes (incluye TUUA) US $ 2 953,35
Viáticos US $ 4 320,00
Jessica Alata Ramírez
Pasajes (incluye TUUA) US $ 2 953,35
Viáticos US $ 4 320,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados servidores deberán presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los servidores cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES
Superintendente Nacional
2292574-1