Declaran barrera burocrática ilegal la imposición de una vigencia determinada para las autorizaciones de elementos de publicidad exterior, previo convenio celebrado con la Municipalidad, materializada en el artículo 18 de la Ordenanza N° 591-2023-MDB
RESOLUCIÓN N° 0989-2023/CEB-INDECOPI
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:
COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS BUROCRÁTICAS
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:
24 DE NOVIEMBRE DE 2023
ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO
NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS:
ORDENANZA N° 591-2023-MDB
BARRERA(S) BUROCRÁTICA(S) IDENTIFICADA(S) Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:
Se declaró que constituye barrera burocrática ilegal la imposición de una vigencia determinada para las autorizaciones de elementos de publicidad exterior de tipo monumentales, unipolares o vallas publicitarias, previo convenio celebrado con la Municipalidad, materializada en el artículo 18 de la Ordenanza N° 591-2023-MDB.
La ilegalidad radica en que la imposición de plazo determinado vulnera lo dispuesto en los artículos 2 y 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debido a que la Municipalidad Distrital de Barranco no está autorizada por ley para imponer plazos, toda vez que no ha sido contemplado en la Ordenanza Nº 2348-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de la barrera burocrática declarada ilegal en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución N° 0989-2023/CEB-INDECOPI en la Separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
VLADIMIR MARTÍN SOLÍS SALAZAR
Presidente de la Comisión de Eliminación
de Barreras Burocráticas
2293957-1