Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 158-2024-MINCETUR
Lima, 20 de mayo 2024
VISTO, el Oficio N° 000311-2024-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 25 al 28 de junio de 2024, PROMPERÚ llevará a cabo el evento “Perú Service Summit Ecuador 2024”, con el objetivo de internacionalizar la oferta peruana de servicios de software, marketing digital, servicios minería y animación digital, mediante la generación de oportunidades comerciales y su posicionamiento en el mercado ecuatoriano;
Que, PROMPERÚ ha previsto la realización de una rueda de negocios, un Foro Internacional, así como entrevistas con medios, con la finalidad de promocionar con potenciales compradores ecuatorianos, la competitividad de las empresas peruanas y su oferta de servicios;
Que, es de interés institucional la participación de los señores David Abraham Edery Muñoz y Christian Alfonso Cahuas Rios, profesionales de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, en el evento “Perú Service Summit Ecuador 2024”, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo las acciones de promoción de las exportaciones descritas;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores David Abraham Edery Muñoz y Christian Alfonso Cahuas Rios, profesionales de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 25 al 28 de junio de 2024, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el evento “Perú Service Summit Ecuador 2024”, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
David Abraham Edery Muñoz |
461,51 |
América del Sur |
370,00 x 3 |
1 110,00 |
Christian Alfonso Cahuas Rios |
469,27 |
América del Sur |
370,00 x 3 |
1 110,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presenta a la Titular de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH GALDO MARÍN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2290506-1