Autorizan viaje de representante de la ONPE a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000109-2024-JN/ONPE
Lima, 29 de mayo de 2024
VISTOS: La Carta S/N (09ABR20241), suscrita por el Doctor Wilfredo Penco, Presidente de la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay; el Proveído N° 000846-2024-JN/ONPE y el Oficio N° 000159-2024-JN/ONPE de esta Jefatura; el Memorando N° 001544-2024-GITE/ONPE, de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, así como el Informe N° 000264-2024-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE;
Con la Carta de vistos, suscrita por el Doctor Wilfredo Penco, Presidente de la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay, se invitó al Jefe de la ONPE, para que participe en las Elecciones Internas de los Partidos Políticos en el citado país, a celebrarse el 30 de junio de 2024 en dicho país. Asimismo, en dicha carta se precisó que el organizador del evento financiará los gastos de hospedaje, alimentación y transporte local durante el periodo comprendido desde el 27 de junio hasta el 1 de julio de 2024;
Con el Oficio de vistos, el Jefe de la ONPE aceptó la invitación e informó que en representación de la entidad participará el señor Fernando Antonio Zapata Miranda, Subgerente de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral;
Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619 que, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
En ese sentido, la invitación cursada por el organizador del evento tiene por objeto que un representante de la ONPE participe como invitado en las elecciones internas de los Partidos Políticos en el citado país, que están destinadas a elegir sus candidaturas presidenciales únicas y a los integrantes de sus órganos deliberativos nacionales y departamentales; lo cual evidencia el interés institucional del evento electoral acotado, pues permitirá el intercambio de conocimientos y experiencias en materia electoral, aspecto que guarda estrecha relación con las funciones constitucionales y legales de la entidad;
Por lo tanto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios del señor Fernando Antonio Zapata Miranda, Subgerente de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, a la República Oriental del Uruguay, correspondiente;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria, el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y adecuado por la Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Fernando Antonio Zapata Miranda, Subgerente de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, desde el 26 de junio hasta el 1 de julio de 2024 a la República Oriental de Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje, alimentación y transporte local, serán cubiertos por el organizador del evento. El costo del seguro de viaje será asumido por el señor Fernando Antonio Zapata Miranda, Subgerente de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral. Por otro lado, el gasto referido al pasaje aéreo, serán cubiertos por la ONPE, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos (ida y vuelta) S/ 3,744.49 (tres mil setecientos cuarenta y cuatro con 49/100 soles);
Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, el señor Fernando Antonio Zapata Miranda, Subgerente de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, deberá presentar a esta Jefatura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos.
Artículo Quinto.- Poner a conocimiento de la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y al servidor señalado en los considerandos precedentes, para los fines pertinentes.
Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
1 Recibida por la ONPE el 18 de abril de 2024.
2293486-1