Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de tesista de pregrado de la Universidad Nacional de San Agustín para participar en una estancia de investigación que se realizará en Colombia

Autorizan viaje de tesista de pregrado de la Universidad Nacional de San Agustín para participar en una estancia de investigación que se realizará en Colombia

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN AGUSTIN

secretaría general

RESOLUCIÓN RECTORAL

N° 0600-2024

Arequipa, 29 de mayo de 2024

Visto, el Oficio N° 030-2024/Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, presentado por la DRA. LIZBET LEÓN FÉLIX, por el que, en calidad de Responsable Técnico del Proyecto “Desarrollo de procesos para la valorización de la biomasa residual de la coronta de maíz mediante la extracción de biopolímeros y compuestos bioactivos para la producción de empaques inteligentes”, con Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, solicita autorización de viaje al extranjero con fines de investigación para la tesista de pregrado, EVANGELINA PASCA SUPANTA, a fin de que lleve a cabo una estancia de investigación.

CONSIDERANDO:

Que, el Estatuto vigente de la Universidad, señala a la investigación como uno de los ejes en los cuales descansa el modelo universitario adoptado por la UNSA: “CUARTO EJE: DE LA INVESTIGACIÓN: 1. La investigación constituye una función esencial y obligatoria de la Universidad, que la fomenta y realiza; responde a las necesidades de la sociedad y a la realidad nacional, regional y local, produciendo conocimiento y desarrollo tecnológico. 2. La Universidad promueve la investigación, respeta la libertad creativa de los investigadores, orientándola hacia las áreas de competencia y las líneas de investigación establecidas (…)”.

Que, por su parte, el artículo 5° del referido Estatuto establece que la Universidad tiene los siguientes fines: “(…) 5.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, así como la creación intelectual y artística (…)”; asimismo, en su artículo 6° se desarrollan las funciones de la Universidad, siendo una de ellas la siguiente: “(…) 6.2 Investigación, difusión y transferencia del conocimiento (…)”.

Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 045-2021-PROCIENCIA-DE de fecha 30 de diciembre de 2021, se resolvió aprobar el Expediente de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2022-02, denominado “Proyectos de Investigación Aplicada”, conteniendo entre otros documentos, las Bases del Concurso. No obstante, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 006-2022-PROCIENCIA-DE de fecha 22 de enero de 2022, el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, resolvió, entre otros, aprobar la modificación de las Bases y sus Anexos, e incorporó la Guía de Soporte, Seguimiento y Evaluación al Expediente de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2022-02 denominado “Proyectos de Investigación Aplicada”, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 045-2021-PROCIENCIA-DE.

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 075-2022-PROCIENCIA-DE de fecha 22 de agosto de 2022, se formalizaron los resultados de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2022-02 denominado “Proyectos de Investigación Aplicada”, dentro de los cuales, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa resultó como accesitaria para obtener el financiamiento de la acotada Convocatoria, para el desarrollo del proyecto presentado.

Que, en mérito a ello, el PROCIENCIA y la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa (ENTIDAD EJECUTORA), suscribieron el Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, cuyo objeto es el siguiente: “CLÁUSULA TERCERA. - PROCIENCIA otorga a favor de LA ENTIDAD EJECUTORA un cofinanciamiento en calidad de recursos monetarios para la ejecución del proyecto denominado “Desarrollo de procesos para la valorización de la biomasa residual de la coronta de maíz mediante la extracción de biopolímeros y compuestos bioactivos para la producción de empaques inteligentes”, en adelante, EL PROYECTO, cuyo objetivo es contribuir al incremento de nuevos conocimientos científicos y/o tecnologías, que respondan a las necesidades de la sociedad y los sectores productivos del país (…)”.

Que, en la Clausula Quinta del Contrato, se señaló que: “El importe de financiamiento que otorga PROCIENCIA asciende a la suma de S/ 500,000.00 (Quinientos Mil y 00/100 Soles) y será utilizado para financiar los rubros señalados en el numeral 2.4.2. de la BASES”.

Que, de la revisión de las Bases Integradas y Modificadas de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2022-02, denominado “Proyectos de Investigación Aplicada”, en el señalado Punto 2.4.2. Rubros Financiables, se indica que: “Los recursos monetarios que aporta el Programa PROCIENCIA solo podrán ser utilizados para financiar actividades y acciones del proyecto seleccionado (…)”; detallando en su Tabla N° 9 los rubros financiables, dentro de los cuales se tiene:

Rubro

% máximo del monto financiado por PROCIENCIA

Descripción

Pasajes y viáticos

Hasta el 10%

Gastos de viajes relacionados a actividades propias del proyecto de investigación (pasajes, viáticos, manutención y seguro de viaje).

Que, en el mismo sentido, en el Punto 2.3. de las Bases Integradas y Modificadas referido a la “Conformación del equipo”, se tiene que los roles dentro del equipo que forman parte de la propuesta son los siguientes: “(…) 3) Tesistas (pregrado o posgrado), estudiantes del último año o egresados de universidades peruanas que realizan actividades propias para la ejecución de la tesis durante la ejecución del proyecto de investigación, comprometiéndose a su sustentación. El tesista se incorporará durante el primer año de la ejecución del proyecto. Los requisitos de la función serán verificados en la ejecución. El Responsable Técnico garantizará que el tesista no cuente con otro incentivo monetario para el desarrollo de su tesis por parte del Programa PROCIENCIA”.

Que, asimismo, en las referidas Bases, se ha establecido en su Punto 1.3. “Resultados Esperados”, que las postulaciones seleccionadas de la Modalidad Semilla deberán alcanzar los siguientes resultados esperados obligatorios: “(…) b. Al menos una (01) tesis finalizada de pregrado o postgrado presentada al área o unidad correspondiente, que conlleven a la obtención del título o grado académico en una universidad peruana durante o después del desarrollo del proyecto (…)”.

Que, en mérito a ello, mediante Oficio N° 030-2024/Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, la Dra. Lizbet León Félix, Responsable Técnico del Proyecto denominado “Desarrollo de procesos para la valorización de la biomasa residual de la coronta de maíz mediante la extracción de biopolímeros y compuestos bioactivos para la producción de empaques inteligentes”, con Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, en el marco del referido proyecto solicita autorización de viaje y la asignación de pasajes aéreos internacionales para la tesista de pregrado, Evangelina Pasca Supanta, a fin de que lleve a cabo una estancia de investigación en el Laboratorio de Investigación y Desarrollo Agroalimentario - LIDA, de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD, en Colombia, a desarrollarse durante el periodo del 03 al 14 de junio de 2024; señalando que esta estancia forma parte del proyecto, la cual resulta importante para alcanzar sus objetivos, así como para obtener los datos experimentales para la tesis de pregrado de la Tesista, por cuanto la estancia tiene como finalidad, avanzar en la caracterización fisicoquímica de termogravimétrico (TGA), Espectroscopia de Transformada Infrarroja de Fourier (FTIR) y Cromatografía Líquida de Alta Eficiencia (HPLC) a la celulosa, desarrolladas en el marco del proyecto con Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA.

Que, para tal efecto, la Dra. Lizbet León Félix adjunta los siguientes documentos: a) Carta de Invitación expedida a la señorita Evangelina Pasca Supanta, por la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD, para realizar una estancia de investigación en el Laboratorio de Investigación y Desarrollo Agroalimentario - LIDA, durante el periodo comprendido entre el 03 al 14 de junio de 2024; b) Copia del Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA celebrado entre la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y el PROCIENCIA, para la ejecución del proyecto “Desarrollo de procesos para la valorización de la biomasa residual de la coronta de maíz mediante la extracción de biopolímeros y compuestos bioactivos para la producción de empaques inteligentes”; c) Copia de las Bases Integradas y Modificadas de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2022-02; y, d) Orden de Servicio N° 0000010 de la Tesista de Pregrado, Evangelina Pasca Supanta, expedida en el marco del proyecto con Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA.

Que, a través del correo electrónico de fecha 15 de marzo de 2024, la señora Ana María Ramos H., Monitora Técnica del PROCIENCIA, informa que técnicamente está aprobada la participación de los tesistas en pasantías de capacitación en el uso de equipos como HPLC, FTIR y TGA, herramientas que serán utilizadas en la estancia de investigación, que tendrá lugar en el Laboratorio de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (LIDA) de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD); asimismo, indica que dicha participación financieramente está acorde a las Bases, al ser miembros del equipo técnico, por lo que, se puede realizar dicho gasto.

Que, el Vicerrectorado de Investigación, mediante el Oficio N° 413-2024-VRI de fecha 09 de mayo de 2024, informa que las actividades de investigación están programadas en el Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, y de acuerdo a lo establecido en las Bases del Contrato, es procedente la autorización para el requerimiento de pasajes aéreos que serán atendidos con el financiamiento del mismo Proyecto, y no se solicita viáticos, por tanto, no genera gasto alguno para la UNSA.

Que, la participación de la tesista de pregrado en la estancia de investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1 y 5 del artículo 6° de la Ley Universitaria N° 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad. (…)”, y “(…) 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística”.

Que, en tal sentido, la Unidad de Abastecimiento mediante Oficio N° 01283-2024-UA-UNSA de fecha 27 de mayo de 2024, ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos y seguro viajero; asimismo, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Oficio N° 446-2024-OUPL-UNSA de fecha 28 de mayo de 2024, hace llegar el Informe N° 007-2024-EA-GMTM-OUPL, mediante el cual, se informa que revisado el Centro de Costo 08.02.01 - Oficina de Cooperación y Convenios, del Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA, si se cuenta con Disponibilidad de Recursos en la Fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 3,310.50 soles, para atender el requerimiento efectuado, según el siguiente detalle:

(i) Pasajes aéreos: S/ 3,134.58

(ii) Seguro Viajero: S/ 175.92

Por estas consideraciones, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220, Ley Universitaria, al Rectorado,

SE RESUELVE:

Primero.- Autorizar el viaje internacional de la señorita EVANGELINA PASCA SUPANTA, Tesista de Pregrado, para que participe en una estancia de investigación en el Laboratorio de Investigación y Desarrollo Agroalimentario - LIDA, de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD), que se desarrollará en Colombia del 03 al 14 de junio de 2024; en el marco y ejecución del Proyecto de Investigación titulado “Desarrollo de procesos para la valorización de la biomasa residual de la coronta de maíz mediante la extracción de biopolímeros y compuestos bioactivos para la producción de empaques inteligentes”, con Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA; estancia de investigación que será financiada con los fondos del referido proyecto, aportados por el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA.

Segundo.- Autorizar a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Unidad de Abastecimiento, otorguen a favor de la mencionada tesista de pregrado, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, Presupuesto del año Fiscal 2024 (Centro de Costo: 08.02.01 - Oficina de Cooperación y Convenios, del Contrato N° PE501077940-2022-PROCIENCIA), según el siguiente detalle:

- Pasajes aéreos : S/ 3,134.58 soles

Del 02 al 15 de junio de 2024

Arequipa - Lima - Bogotá (Colombia) - Lima - Arequipa.

- Seguro Viajero : S/ 175.92 soles

Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada tesista de pregrado presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y archívese.

HUGO JOSE ROJAS FLORES

Rector

RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO

Secretaria General

2294107-1