Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Establecen conformación de la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan Jueza Supernumeraria

Establecen conformación de la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan Jueza Supernumeraria

PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR

DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000396-2024-P-CSJLI-PJ

Lima, 30 de mayo del 2024

VISTO: Proveído N° 003823-2024-CS-PJ, Resolución Administrativa N° 000161-2024- CE-PJ;

CONSIDERANDO:

Primero. Reconformación de la Segunda Sala Penal Liquidadora, por la medida disciplinaria dictada contra la magistrada Enma Rosaura Benavides Vargas.

1.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000001-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 3 de enero del 2024, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, resolvió disponer la conformación de las Salas Superiores de este Distrito Judicial para el año 2024, en este sentido, designó a la magistrada Enma Rosaura Benavides Vargas, en su condición de Jueza Superior Titular, como Presidenta de la Segunda Sala Penal Liquidadora de Lima.

1.2. La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República a través del Proveído N° 003823-2024-SG-CS-PJ de fecha 29 de mayo del 2024, pone de conocimiento de esta Presidencia, el Oficio N° 3028-2024-DPd-JNJ, cursado por la Dirección de Procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales de la Junta Nacional de Justicia, quien remite la Resolución N° 089-2024-PLENO-JNJ de fecha 23 de mayo del 2024, recaída en el Procedimiento Disciplinario N° 001-2024-JNJ, por la cual se resolvió en uno de sus extremos, tener por concluido el procedimiento disciplinario y en consecuencia, destituir a la señora Enma Rosaura Benavides Vargas, por su actuación como Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima.

1.3. En este contexto, con la finalidad que tal situación no afecte la conformación de la Segunda Sala Penal Liquidadora, materializado en la paralización de las labores jurisdiccionales por falta de Colegiado, resulta necesario que se adopte las medidas administrativas oportunas, con el objeto de velar por su correcto y normal funcionamiento, en aras de una continua y eficiente administración de justicia en beneficio del justiciable, por tanto, deberá designarse a un Juez/a Especializado/a Titular inmediato anterior al cargo, como Juez/a Superior Provisional, del mencionado órgano jurisdiccional.

Segundo.- Designación de Juez/a Especializado/a Titular como Juez/a Superior de la Segunda Sala Penal Liquidadora.

2.1 Es menester precisar que, si bien las Salas Superiores en principio deben estar conformadas por Jueces Superiores Titulares designados por la Junta Nacional de Justicia previo concurso público, sin embargo, a falta de titulares se debe proceder a la conformación de las Salas Superiores con Jueces Titulares del grado inmediato anterior al cargo, es decir con aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentren dentro de la función jurisdiccional, observándose los principios rectores como la meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial - Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial

2.2. En relación a la promoción de los Jueces Especializados como Jueces Superiores Provisionales, se ha tomado en cuenta la antigüedad en el cargo, orden de mérito y especialidad establecido en el Cuadro de Méritos y Antigüedad, por lo que, considerando que la Presidencia de esta Corte es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por tanto, se encuentra facultada para designar Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentran desempeñando la labor jurisdiccional.

2.3. Que, esta Presidencia habiendo evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe reunir un juez, ha considerado conveniente designar a la magistrada Ingrid Morales Deza en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Quinto Juzgado Penal Liquidador, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Segunda Sala Penal Liquidadora de Lima.

2.4. Asimismo, en mérito a la designación de la magistrada Ingrid Morales Deza como Jueza Superior Provisional, corresponde adoptar las medidas administrativas necesarias, con la finalidad de no afectar las funciones jurisdiccionales del Décimo Quinto Juzgado Penal Liquidador, por tanto, debe procederse a la designación a un Juez/a Especializado/a Titular inmediato anterior al cargo, o en su defecto de un/a Juez/a Supernumerario/a, conforme a los argumentos que se desarrollarán a continuación.

Tercero. Designación de Juez/a del Décimo Quinto Juzgado Penal Liquidador.

3.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000161-2024-CE-PJ de fecha 16 de mayo del 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso en uno de sus extremos que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, se procederá en el siguiente orden:

“ 2.1. Se designará al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional.

2.2. Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez/a supernumerario/a de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia.

2.3. En su defecto, a los abogados/as inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces/zas supernumerarios/as de la Corte Superior.

2.4 En defecto de los anteriores, se prorroga la delegación a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de agosto de 2024, la facultad de designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos…”.

3.2. En cuanto al numeral 2.1., descrito en el párrafo anterior, esta Presidencia ha procedido a evaluar a los Jueces de Paz Letrados Titulares que a la fecha se encuentran pendiente de ser promovidos a la instancia superior, para ello, se ha verificado los reportes estadísticos como carga pendiente, escritos pendientes, expedientes resueltos emitidos por la Coordinación de Estadística adscrita a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo (reportes que forman parte integrante de la presente resolución), advirtiéndose que la gran mayoría de los referidos órganos jurisdiccionales no han alcanzaron los estándares de producción anual dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 000395-2020- CE-PJ. Al respecto, debe tenerse en cuenta que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima a través de la Resolución Administrativa N° 000048-2022-P-CSJLI-PJ de fecha 14 de febrero del 2022, dispuso dar por concluida la designación de diversos Jueces Provisionales por no haber alcanzado la meta de producción estándar en el año 2021, sin embargo, en cuanto al periodo 2023, tampoco alcanzaron la meta de producción estándar, precisándose que también se ha evidenciado que algunos cuentan con medidas disciplinarias vigentes, asimismo, en ciertos casos no cumplen los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ley de la Carrera Judicial. Finalmente, en los supuestos de cumplir con los requisitos de la normatividad vigente, los magistrados/as no aceptaron ser promovidos por distintas razones laborales y personales, así como por la especialidad requerida. Máxime que, en oportunidades anteriores, pese a ser promovidos a la instancia superior, declinaron al cargo; por tanto, no es posible cumplir con su designación.

3.3. En relación al numeral 2.2, es conveniente precisar, que del registro de abogados aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia y aprobada mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero del 2023, en cuanto a la especialidad penal, los abogados Juan Humberto Sánchez Córdova, María Victoria Soto Farfán y José Willy Suárez Vásquez, a la fecha se encuentran designados como Jueces. En cuanto al letrado Alfonso Del Carpio Delgado si bien a la fecha no ejerce la magistratura, debe tenerse en cuenta que la Corte Superior de Justicia de Lima Este mediante Resolución Administrativa N° 001300-2023-P-CSJLE-PJ de fecha 15 de diciembre del 2023, dio por concluida su designación como Juez Supernumerario del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de San Juan de Lurigancho, por estar inmerso en un proceso de investigación disciplinaria ante la Autoridad Nacional de Control de dicho Distrito Judicial, por presuntamente haber incurrido en conductas irregulares en el ejercicio del cargo, por lo que, no es posible proceder a su designación como Juez Supernumerario.

3.4. Respecto al numeral 2.3, sobre la Selección de Jueces Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Administrativa N° 000587- 2023-P-CSJLI-PJ de fecha 13 de setiembre del 2023, se aprobó la nómina de postulantes aptos del Concurso Público para la selección de Jueces Supernumerarios - Convocatoria 002-2022-CDSJS-CSJLI-PJ, por lo que, se ha procedido a comunicarse con los abogados/s aptos de acuerdo a la especialidad requerida, sin embargo, no aceptaron la propuesta por distintas razones dentro de su ámbito personal y laboral.

3.5. En este orden de ideas, esta Presidencia se encuentra en la facultad de designar a trabajadores/as de este Distrito Judicial en el cargo de Juez Supernumerario del Décimo Quinto Juzgado Penal Liquidador, quien no deberá tener sanciones administrativas vigentes a la fecha, además de contar con experiencia en la labor jurisdiccional en la especialidad de penal.

Cuarto.- Facultades de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia.

Que, teniendo en consideración que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra en la facultad de conformar las Salas Superiores de acuerdo al criterio de especialización, así como designar Jueces Superiores Provisionales, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º, 7° y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada Ingrid Morales Deza en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Quinto Juzgado Penal Liquidador, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Segunda Sala Penal Liquidadora de Lima, a partir del 31 de mayo del 2024, quedando conformado el órgano superior de la forma siguiente:

Segunda Sala Penal Liquidadora.

- Yesica Lourdes Bahamondes Hernández (T) Presidenta

- María Rosario Niño Palomino (P)

- Ingrid Morales Deza (P)

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la abogada Sandra Elizabeth Mori Saavedra, como Jueza Supernumeraria del Décimo Quinto Juzgado Penal Liquidador (por la designación de la señora jueza titular Ingrid Morales Deza), a partir del 31 de mayo del 2024.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al Órgano de Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión respectiva de la presente resolución administrativa.

Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento la presente Resolución de la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ

Presidente de la CSJLima

2294275-1