Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Río Tambo

Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Río Tambo

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 000118-2024-DV-PE

Miraflores, 30 de mayo del 2024

VISTO:

El Informe N° 000120-2024-DV-UE006-UAJ, mediante el cual la Unidad de Asesoría Jurídica de la Unidad Ejecutora 006 - Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM, remite el Anexo N° 1 que detalla las Actividades, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y;

CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;

Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el numeral 13.4 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 038-2019-DV-PE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006 denominada “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el Pliego 12: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, cuyas atribuciones y responsabilidades estarán a cargo de la Oficina Zonal de San Francisco (Sede Pichari);

Que, mediante Informe N° 000056-2024-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de las Actividades: “Mantenimiento Periódico de Caminos Vecinales No Pavimentados Tramo: C.N. Poyeni – C.N. San Luis de Corinto, Distrito de Río Tambo – Satipo - Junín”, y “Mantenimiento Periódico de Caminos Vecinales no pavimentados Tramo: C.N. San Luis de Corinto – C.N. Tsoroja, Distrito de Río Tambo – Satipo- Junín”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva;

Que, en el marco del “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2024, DEVIDA suscribió una Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Distrital de Rio Tambo, para la ejecución de las precitadas Actividades, hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 1’221,646.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera;

Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000157-2024-DV-OPP-UPTO e Informe N° 000158-2024-DV-OPP-UPTO, informes previos favorables que dispone el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; asimismo, se han emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 00000316 y N° 00000317, así como las respectivas conformidades de los Planes Operativos de las Actividades;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 1 de la presente Resolución, de conformidad con los Planes Operativos aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos;

Con los visados de la Gerencia General, la Coordinación Ejecutiva de la Oficina Zonal de San Francisco y la Unidad de Asesoría Jurídica de la Unidad Ejecutora 006 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”; y los visados de los responsables de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, y la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 1’221,646.00), para financiar las Actividades a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2024 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios” de la Unidad Ejecutora 006 – “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”.

Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de las Actividades descritas en el Anexo N° 1 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, y la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001 - Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; así como a la Coordinación Ejecutiva de la Oficina Zonal de San Francisco, a los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 006 – Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM, para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a gestionar su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional de DEVIDA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA

Presidente Ejecutivo

ANEXO Nº 1

TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN

NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS

EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL

“PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO

DEL CONSUMO DE DROGAS”

NRO.

ENTIDAD EJECUTORA

NOMBRE DE LA ACTIVIDAD

MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/

01

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO TAMBO

MANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS TRAMO: C.N. POYENI – C.N. SAN LUIS DE CORINTO, DISTRITO DE RÍO TAMBO – SATIPO - JUNÍN

643,790.00

MANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS TRAMO: C.N. SAN LUIS DE CORINTO – C.N. TSOROJA, DISTRITO DE RÍO TAMBO – SATIPO- JUNÍN

577,856.00

TOTAL

1’221,646.00

2294339-1