Autorizan transferencia financiera para financiar actividad a favor de la Municipalidad Distrital de Campoverde
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 000115-2024-DV-PE
Miraflores, 30 de mayo del 2024
VISTO:
El Memorando N° 001016-2024-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;
Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a DEVIDA en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, el numeral 13.4 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;
Que, mediante Informe N° 000055-2024-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de Actividad: “Mantenimiento periódico de caminos vecinales no pavimentados en los tramos Emp. PE-18 C (Santa Elvita) - Simón Bolívar - Los Ángeles (Cod. Ruta UC-582) y Los Ángeles - Buenos Aires - Pta. carretera (Cod. Ruta UC-569) en el distrito de Campoverde, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva;
Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2024, DEVIDA suscribió una adenda al convenio de cooperación con la Municipalidad Distrital de Campoverde para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 62/100 SOLES (S/ 745,297.62), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera;
Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000155-2024-DV-OPP-UPTO, informe previo favorable que dispone el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; asimismo, se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001054 y la respectiva conformidad del plan operativo de la Actividad;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos;
Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 62/100 SOLES (S/ 745,297.62), para financiar la Actividad a favor de la entidad ejecutora que se detalla en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del año fiscal 2024 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento “recursos ordinarios”.
Artículo Tercero.- RATIFICAR que la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 1 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional de DEVIDA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA
Presidente Ejecutivo
ANEXO N° 1
TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN
NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL
“PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIRDAIS”
N° |
ENTIDAD EJECUTORA |
DENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD |
MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ |
1 |
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMPOVERDE |
MANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS EN LOS TRAMOS EMP. PE-18 C (SANTA ELVITA) - SIMÓN BOLÍVAR - LOS ÁNGELES (COD. RUTA UC-582) Y LOS ÁNGELES - BUENOS AIRES - PTA. CARRETERA (COD. RUTA UC-569) EN EL DISTRITO DE CAMPOVERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI. |
745,297.62 |
TOTAL |
745,297.62 |
2294284-1