Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali

resolución de la fiscalía de la nación

N° 1295-2024-MP-FN

Lima, 30 de mayo de 2024

VISTO:

El oficio N° 000826-2024-MP-FN-PJFSUCAYALI, de fecha 15 de mayo de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Mediante escrito recepcionado el 14 de mayo de 2024, el abogado Joe Panduro Del Águila, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca, presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos de salud, solicitando la exoneración del plazo de ley y señalando como último día de labores el 22 de mayo de 2024.

Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, el abogado David Alfred Panduro Saldaña, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca.

A través del oficio de visto, el abogado Sebastián Pedro Ticona Flores, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada.

El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma.

En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia del referido magistrado, debiéndose considerar como último día de labores el 22 de mayo de 2024.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Joe Panduro Del Águila, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca, por consiguiente dejar sin efecto, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 2376-2022-MP-FN y 3502-2023-MP-FN, de fechas 9 de noviembre de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente; a partir del 23 de mayo de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Joe Panduro Del Águila que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2293758-1