Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) Año 2024 de la Universidad Nacional de Jaén
Universidad Nacional de Jaén
RESOLUCIÓN Nº 155-2024-CO-UNJ
Jaén, 19 de abril de 2024
VISTO: El Acuerdo Nº 01 del Acta de Sesión Ordinaria de fecha 18 abril de 2024, Oficio Nº 2193-2024-EF/53.06, de fecha 16 de abril de 2024, Informe Nº 0280-2024-EF/53.06, de fecha 27 de marzo de 2024, Oficio Nº 121-2024-UNJ-P, de fecha 04 de marzo de 2024, Oficio Nº 0214-2024-UNJ-P/DGA, de fecha 04 de marzo de 2024, Informe Nº 079-2024-UNJ/OPP, de fecha 01 de marzo de 2024, copia de Resolución 093-2024-CO-UNJ, de fecha 29 de febrero de 2024, Informe Nº 084-2024-UNJ/DGA-URH, de fecha 29 de febrero de 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú establece que: “(…) cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. “Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes”;
Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220 establece que: “(…) la autonomía inherente a las universidades, se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable”; esto implica la potestad auto determinativa para la creación de normas internas (estatutos y reglamentos) destinados a regular la institución universitaria, organizar sus sistemas académico, económico y administrativo;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 152-2023-MINEDU, de fecha 23 octubre de 2023, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, la misma que queda integrada por: Dr. Juan De Dios Larico Paco (Presidente), y con Resolución Viceministerial Nº 040-2024-MINEDU, de fecha 04 de abril de 2024; se designa al Dr. Juan Manuel Antón Pérez, (Vicepresidente Académico) y al Dr. Manuel Octavio Fernández Atho (Vicepresidente de Investigación);
Que, el artículo 29º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, referente a la Comisión Organizadora, establece que “la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la citada Ley”;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01, establece que el PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado;
Que, con Oficio Nº 0214-2024-UNJ-P/DGA, de fecha 04 de marzo de 2024, el Director General de Administración hace llegar al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNJ, la disponibilidad presupuestal para trámite de aprobación de proyecto de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2024 UE 001364 Universidad Nacional de Jaén;
Que, con Oficio Nº 121-2024-UNJ-P, de fecha 04 de marzo de 2024, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, solicita a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos – Ministerio de Economía y Finanzas, opinión favorable para aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2024 de la UE 001364 Universidad Nacional de Jaén, el cual cuenta con Informe de disponibilidad presupuestal favorable, emitido por el Jede de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la entidad;
Que, mediante Informe Nº 0280-2024-EF/53.06, de fecha 27 de marzo de 2024, la Directora de la Dirección Técnica y de Registro de Información, comunica a la Directora General de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, opinión favorable respecto a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el Año Fiscal 2024, correspondiente a la Universidad Nacional de Jaén, cuyo costo total anual y proyectado se detalla en el Anexo “Cuadros de Costos”; y con Oficio Nº 2193-2024-EF/53.06, de fecha 16 de abril de 2024, la Directora General de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, comunica al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, la opinión favorable plasmada en el Informe citado;
Que, a través de los documentos del visto, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de abril de 2024, los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, acordaron por unanimidad, aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el Año Fiscal 2024, correspondiente a la Universidad Nacional de Jaén;
Que, en uso de las atribuciones conferidas al presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de esta Casa Superior de Estudios;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) Año 2024, de la Universidad Nacional de Jaén, documento que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”; y en la página web del portal institucional de la Universidad Nacional de Jaén (https://unj.edu.pe/), la resolución y anexo correspondiente.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se opongan a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese.
Juan De Dios Larico Paco
Presidente
Comisión Organizadora
Jean Ebere Cruz Iglesias
Secretario General
2285532-1