Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU

Modifican el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 255-2024-MINEDU

Lima, 28 de mayo de 2024

VISTOS, los documentos que contiene el Expediente N° DEIB2024-INT-0340917; y,

CONSIDERANDO:

Que, el segundo párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2024, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento;

Que, asimismo, el tercer párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, dispone que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido, se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo N° 007-2013- EF;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos, serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación;

Que, a través de los Informes N° 013-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB-LSM y N° 00085-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB) de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, sustenta la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU; incorporando en el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, la condición y cantidad de participantes del Taller de capacitación y fortalecimiento de capacidades de los equipos de evaluadores regionales del dominio oral de lenguas originarias, en las sedes de: Apurímac (Abancay); Ayacucho; Lambayeque (Chiclayo); Cusco; Huancavelica; Junín (Huancayo y Satipo); Huánuco; Ancash (Huaraz); Loreto (Iquitos y Yurimaguas); Lima; Puno (Puno, Juliaca); Moquegua; Madre de Dios (Puerto Maldonado); Amazonas (Nieva); Ucayali (Pucallpa) y San Martín (Tarapoto), respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953;

Que, mediante el Informe N° 00898-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable respecto de lo sustentado y solicitado por la DEIB, manifestando que el evento citado en el considerando precedente, se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación y su aprobación e implementación se financiarán con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación del Año Fiscal 2024, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, concluyendo que resulta necesario modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU para incluir el evento antes señalado, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con recursos del Pliego 010: M. de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios, mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-EF.

La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y trasparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el/la directora(a) o Jefe(a) que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Morgan Niccolo Quero Gaime

Ministro de Educación

2293259-1