Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Resolución de Consejo Directivo mediante la cual se dispone la actualización de la Demanda Anual Proyectada para el reconocimiento del Costo del Suministro de Gas Natural y se aprueba el Precio Medio del Gas y el Costo Medio de Transporte para el Periodo de Aplicación de junio 2024 a agosto 2024 para la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica

Resolución de Consejo Directivo mediante la cual se dispone la actualización de la Demanda Anual Proyectada para el reconocimiento del Costo del Suministro de Gas Natural y se aprueba el Precio Medio del Gas y el Costo Medio de Transporte para el Periodo de Aplicación de junio 2024 a agosto 2024 para la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 081-2024-OS/CD

Lima, 27 de mayo de 2024

VISTOS:

Los Informes N° 343-2024-GRT y N° 344-2024-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 046-2008-EM, se otorga la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica (en adelante “Concesión de Ica”), y se aprueba el correspondiente Contrato de Concesión, siendo el actual operador la empresa Contugas S.A.C. (en adelante “Contugas”);

Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “Reglamento de Distribución”), en cuyo artículo 106 se señala que son cargos de facturación, entre otros, el costo del Gas Natural para atender al Consumidor y el costo por Transporte para atender al Consumidor;

Que, conforme al artículo 107 del Reglamento de Distribución, los consumidores regulados e independientes que contratan los servicios de transporte y/o suministro de gas natural al Concesionario pagan el costo del transporte y/o costo del suministro de gas natural con criterios de eficiencia; asimismo, los volúmenes de suministro y la capacidad de transporte contratados por el Concesionario son eficientes siempre que garanticen la seguridad y disponibilidad de atención hasta la Demanda Anual Proyectada (en adelante “DAP”) de los consumidores, cuyo suministro de gas natural y servicio de transporte sea proveído directamente por el Concesionario. La DAP es aprobada por Osinergmin en los procesos regulatorios y/o el ente promotor de los procesos de promoción, de corresponder;

Que, con Resolución N° 054-2016-OS/CD y modificatorias, se aprobó la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” (en adelante “Norma de Condiciones Generales”), que contiene las condiciones generales de aplicación para las tarifas del servicio de gas natural al consumidor final;

Que, con Resolución N° 047-2022-OS/CD y modificatoria, se fijaron las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión de Ica para el periodo regulatorio 2022-2026, aprobándose entre conceptos señalados en el Reglamento de Distribución, la DAP aplicable a la Concesión de Ica para el señalado periodo;

Que, de conformidad con el literal i) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Generales, la DAP permite determinar los costos a ser reconocidos por el suministro de gas natural (CRG) y por el transporte de gas natural (CRT). La metodología de cálculo para su determinación a cargo de Osinergmin, se desarrolla en el numeral 2 del Anexo N° 1 de dicha norma;

Que, de conformidad con el literal j) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Generales, el Concesionario propone a Osinergmin el Precio Medio del Gas (en adelante “PMG”) y el Costo medio de Transporte (en adelante “CMT”) para el correspondiente Periodo de Aplicación, según la metodología descrita en el Anexo N° 1 de la misma norma;

Que, en ese marco, mediante Oficio N° 765-2024-GRT de fecha 17 de mayo de 2024 se solicitó a Contugas, entre otros aspectos, remitir su propuesta de valores del PMG y CMT a aplicarse en el periodo de junio 2024 a agosto de 2024;

Que, mediante Carta N° GRT-0075-2024 de fecha22 de mayo de 2023, Contugas remitió el Informe Técnico “Saldo de Liquidación en cálculo del Precio Medio” donde cita su Carta N° GTR 0064-2024 del 15 de abril último, en la cual informó, a su vez, de la suscripción de un nuevo “Contrato de Servicio de Distribución de Gas Natural” con Minsur S.A. bajo el Código de Contrato 2940 (en adelante “cliente 2940”) con la finalidad de que a partir del 01 de abril de 2024, únicamente le preste el servicio de distribución. Por tanto, solicita que la DAP para el reconocimiento del CRG se modifique, retirando la cantidad diaria contratada en modalidad take or pay con el clientes 2940, ascendiente a 38 400 Sm3/d;

Que, con fecha 22 de mayo de 2024, Contugas remitió la Carta N° GRT-0076-2024 con su propuesta de los valores del PMG y CMT correspondientes al periodo junio 2024 a agosto 2024;

Que, la resolución del “Contrato de Servicio de Suministro de Gas Natural (Suministro, Transporte y Distribución)”, así como la suscripción con fecha 13 de marzo de 2024 del nuevo “Contrato de Servicio de Distribución de Gas Natural” entre Contugas y el cliente 2940, suponen un impacto en la DAP para el reconocimiento del Costo del Suministro de Gas Natural aprobada en el Cuadro N° 9 del artículo 13 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD; correspondiendo disponer su modificación, a fin de actualizar la Demanda Anual Proyectada de la Concesión de Ica para el reconocimiento del CRG, retirando el Código de Contrato 2940, conforme a la evaluación y análisis expuesto en el Informe Técnico N° 343-2024-GRT;

Que, de acuerdo con los literales i) y k) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Generales antes citados y con base en el CRG y CRT, los cuales son determinados con la DAP aprobada, Osinergmin determina y aprueba el PMG y/o CMT para el Periodo de Aplicación de cada Concesión, con la información de los costos eficientes a ser reconocidos en el Periodo de Evaluación;

Que, en ese sentido, considerando que mediante Resolución N° 023-2024-OS/CD se aprobó el PMG y el CMT para el Periodo de Aplicación marzo 2024 a mayo 2024 de la Concesión de Ica, en esta oportunidad corresponde determinar el PMG y el CMT para el Periodo de Aplicación comprendido entre junio 2024 a agosto 2024;

Que, se han emitido el Informe Técnico N° 343-2024-GRT y el Informe Legal N° 344-2024-GRT, los cuales complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin; en el Decreto Supremo N° 040-2008-EM, Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos; en la Resolución N° 054-2016-OS/CD, Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final”, y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias, y;

Estando a lo acordado por el Consejo directivo de Osinergmin en su Sesión N° 18-2024, de fecha 27 de mayo de 2024.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Actualización de la Demanda Anual Proyectada de la Concesión de Ica para el reconocimiento del Costo del Suministro de Gas Natural

Modificar el Cuadro N° 9 del artículo 13 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD conforme con el siguiente texto:

“Artículo 13.- Demanda Anual Proyectada

(…)

Cuadro N° 9

Demanda Anual Proyectada de la Concesión de Ica para el reconocimiento del Costo del Suministro de Gas Natural (Mil Sm3/d)

Tipo de Consumidor

Descripción / Código del Contrato1

2022

2023

2024

2025

Consumidores

Regulados

Todos, incluido consumidores

Pesqueros

337,95

366,55

393,36

421,41

Consumidores

Independiente

2940

38,40

38,40

38,40

-2

-2

159673

25,30

25,30

25,30

25,30

2937

129,97

129,97

129,97

129,97

169368

71,40

71,40

71,40

71,40

159690

71,40

71,40

71,40

71,40

Demanda Anual Proyectada

674,42

703,02

729,83

691,43

719,48

Notas:

1 Los códigos corresponden a los contratos suscritos a la fecha de la emisión de la presente resolución entre el Concesionario de Ica y los Consumidores Independientes.

2 A partir del 01 de abril de 2024, el consumidor independiente de código de contrato 2940 no es proveído del suministro de gas natural por el Concesionario.

(…)”

Artículo 2.- Aprobación del Precio Medio del Gas y el Costo Medio de Transporte

Aprobar el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) que serán aplicables en el periodo comprendido de junio 2024 a agosto 2024 de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, conforme al siguiente detalle:

Cuadro N° 1

PMG (USD/m3)

Consumidores Residenciales y Eléctricos Menores

Consumidores Independientes

Consumidores Eléctricos y Otros Consumidores

0,06820537

0,15278526

0,08540371

Cuadro N° 2

CMT (USD/m3)

Transporte

FISE

0,05181373

0,00164236

Artículo 3.- Periodo de Aplicación

Disponer que el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) aprobados en el artículo 1 de la presente resolución sean aplicados por el Concesionario del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, a partir del 1 de junio de 2024 hasta el 31 de agosto de 2024.

Artículo 4.- Incorporación de Informes

Incorporar el Informe Técnico N° 343-2024-GRT y el Informe Legal N° 344-2024-GRT, como parte integrante de la presente resolución.

Artículo 5.- Publicación de la Resolución

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y consignarla, junto con el Informe Técnico N° 343-2024-GRT y el Informe Legal N° 344-2024-GRT en la página web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx

Omar Chambergo Rodríguez

Presidente del Consejo Directivo

2293042-1