Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal naval a Chile en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal naval a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00524-2024-DE

Lima, 28 de mayo del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 3195/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01222-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00781-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta C.J.A Ord. Nº 2610/598, el Comandante en Jefe de la Armada de Chile, hace extensiva una invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que una delegación de tres (3) Oficiales participen en la “XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 4 al 7 de junio de 2024;

Que, con Oficio Nº 180/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante en Jefe de la Armada de Chile que se ha dispuesto la participación del Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO, Jefe del Estado Mayor General de la Marina, acompañado por el Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ y el Capitán de Corbeta Edinson ZAGACETA OBLITAS, para que participen en la citada reunión;

Que, a través del Informe Legal Nº 009-2024, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal naval que participará en la “XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú”, en el lugar y fecha programada;

Que, con Oficio Nº 861/42, la Jefatura del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú remite a la Dirección General del Personal de la citada Institución Armada, la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;

Que, la Exposición de Motivos anexada al Oficio Nº 861/42, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en la “XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú”; por cuanto, les permitirá identificar y analizar nuevos campos de cooperación e intercambio de experiencias, así como obtener apoyo logístico en actividades de investigación y desarrollo para lograr proyectos comunes. Asimismo, se precisa que contar con experiencia internacional permitirá que el personal naval aplique nuevas técnicas y procedimientos en la parte operacional, académica y de instrucción, mejorando el desempeño profesional del personal que integra la Marina de Guerra del Perú, dentro de su ámbito de competencia;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 075-2024, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos, pasajes terrestres y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio Nº 3195/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO, del Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ y del Capitán de Corbeta Edinson ZAGACETA OBLITAS, para que participen en la “XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 4 al 7 de junio de 2024, así como autorizar su salida del país el 3 de junio y su retorno el 8 de junio de 2024;

Que, a través del Oficio N° 01222-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 330-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00781-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO, del Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ y del Capitán de Corbeta Edinson ZAGACETA OBLITAS, para que participen en la “XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO, identificado con CIP. N° 04828288 y DNI. N° 43316323, del Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ, identificado con CIP. N° 00910181 y DNI. N° 08883367 y del Capitán de Corbeta Edinson ZAGACETA OBLITAS, identificado con CIP. N° 01007208 y DNI. N° 41628367, para que participen en la “XIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 4 al 7 de junio de 2024, así como autorizar su salida del país el 3 de junio y su retorno el 8 de junio de 2024.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Santiago (República de Chile) - Lima

clase económica

US$ 1,200.00 x 3 personas US$ 3,600.00

Pasajes terrestres: Santiago - Valparaíso - Santiago (República de Chile)

US$ 100.00 x 3 personas x 2 (ida y vuelta) US$ 600.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 3 personas x 4 días US$ 4,440.00

------------------

Total a pagar: US$ 8,640.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal naval comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2293251-1