Aprueban la “Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones”
Resolución Ministerial
N° 0012-2020-MTC/01
Lima, 8 de enero de 2020
VISTO: El Memorándum No 0040-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante los artículos 4 y 7 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional, entre otras; y, en el marco de sus competencias compartidas cumple la función de planear, regular, gestionar, ejecutar, supervisar y evaluar la infraestructura vial, en el ámbito de su competencia;
Que, conforme al Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF (en adelante, TUO del Decreto Legislativo N° 1252), se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo No 1252, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias; siendo que, las modificaciones a las metas e indicadores contenidos en el Programa Multianual de Inversiones Sectorial se realizan siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación;
Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, dispone que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales; asimismo, establece que estos indicadores y criterios son aprobados anualmente y se publican en el portal institucional de la entidad;
Que, el artículo 11 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, establece que: “11.2 La OPMI del Sector es responsable de conceptualizar, definir y actualizar los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios que se enmarquen en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector, de acuerdo a los instrumentos metodológicos establecidos por la DGPMI. Los indicadores de brechas definidos según su estructura funcional son remitidos a la DGPMI mediante el Formato N° 04-A: Indicador de Brecha, para su validación metodológica. // 11.3 La modificación de la conceptualización y definición de indicadores de brechas o la inclusión de nuevos indicadores también debe ser comunicada a la DGPMI para su validación metodológica correspondiente en el plazo establecido en el Anexo N° 06: Plazos para la fase de Programación Multianual de Inversiones. Dicha comunicación puede ser realizada en cualquier momento del año en coordinación con la DGPMI y su aplicación se realiza en la siguiente programación multianual de inversiones. // 11.4 Los indicadores de brechas validados por la DGPMI son aprobados por el OR del Sector mediante la resolución o acto correspondiente, y publicados por la OPMI del Sector responsable en su portal institucional. La aprobación y publicación anual a que se refiere el párrafo 9.2 del artículo 9 del Reglamento se efectúa siempre que se presenten modificaciones a los indicadores aprobados.”;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 259-2019 MTC/01, se aprueba el “Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020 - 2022 del Sector Transportes y Comunicaciones”, el mismo que contiene treinta y tres (33) indicadores de brecha de infraestructura de y/o accesos a servicios;
Que, mediante Oficio N° 006-2020-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones - DGPMI del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF remite el Informe N° 006-2020-EF/63.03 de su Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública, mediante el cual señala que; ante la propuesta de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector Transportes y Comunicaciones; valida metodológicamente la modificación de seis (6) y eliminación de tres (3) indicadores de brechas del Sector Transportes y Comunicaciones; asimismo, respecto a los seis (6) nuevos indicadores propuestos, señala que se ha determinado que los procedimientos de cálculo propuestos son razonables y guardan consistencia con el nombre del indicador y con la estimación de su valor numérico, por lo que valida los mismos y recomienda la aprobación y publicación de los indicadores de brechas nuevos y modificados, y el registro de los valores numéricos en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones - MPMI de los indicadores validados;
Que, con Memorándum N° 0040-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 004-2020-MTC/09.02, por el cual la Oficina de Inversiones, en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector Transportes y Comunicaciones, sustenta y propone aprobar la “Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones”, elaborados en coordinación con las Unidades Formuladoras (UF) y Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector Transportes y Comunicaciones; los cuales han sido validados por la DGPMI del MEF;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar la “Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones”, aplicables a las entidades de los tres niveles de gobierno, para la elaboración del diagnóstico de brechas, que se enmarquen en la Responsabilidad Funcional 0015 Transportes y 0016 Comunicaciones, los cuales deben ser publicados en el portal institucional del Sector;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF; y, la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones”, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
“Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones”
N° |
SERVICIOS QUE BRINDA EL SECTOR |
INDICADOR BRECHA DE INFRAESTRUCTURA O SERVICIOS |
1 |
SERVICIO AEROPORTUARIO DE PASAJEROS Y CARGA |
PORCENTAJE DE AERODROMOS QUE OPERAN EN CONDICIONES INADECUADAS |
2 |
SERVICIO AEROPORTUARIO DE PASAJEROS Y CARGA |
PORCENTAJE DE AERODROMOS POR IMPLEMENTAR |
3 |
SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA |
PORCENTAJE DEL SERVICIO DE NAVEGACIÓN AÉREA CON VIGENCIA TECNOLÓGICA LIMITADA |
4 |
SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA |
PORCENTAJE DEL SERVICIO DE NAVEGACIÓN AÉREA POR COBERTURAR |
5 |
SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA |
PORCENTAJE DE LA RED VIAL NACIONAL POR PAVIMENTAR |
6 |
SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA |
PORCENTAJE DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL NO PAVIMENTADA CON INADECUADOS NIVELES DE SERVICIO |
7 |
SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA |
PORCENTAJE DE LA RED VIAL DEPARTAMENTAL POR PAVIMENTAR |
8 |
SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA |
PORCENTAJE DE LA RED VIAL VECINAL NO PAVIMENTADA CON INADECUADOS NIVELES DE SERVICIO |
9 |
SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA |
PORCENTAJE DE LA RED VIAL VECINAL POR PAVIMENTAR |
10 |
SERVICIO DE TRANSITO PEATONAL INTERURBANO O RURAL |
PORCENTAJE DE LA RED DE CAMINOS DE HERRADURA NO INTERVENIDOS |
11 |
SERVICIO DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN Y GESTIÓN DEL TRANSPORTE TERRESTRE |
PORCENTAJE DE PUNTOS DE CONTROL Y SUPERVISION EN LA RED VIAL NACIONAL POR IMPLEMENTAR |
12 |
SERVICIO DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN Y GESTIÓN DEL TRANSPORTE TERRESTRE |
PORCENTAJE DE PUNTOS DE CONTROL Y SUPERVISION EN LA RED VIAL NACIONAL EN CONDICIONES INADECUADAS |
13 |
SERVICIO DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN Y GESTIÓN DEL TRANSPORTE TERRESTRE |
PORCENTAJE DE ENTIDADES COMPLEMENTARIAS AL TRANSPORTE TERRESTRE CON GESTIÓN INADECUADA |
14 |
SERVICIO DE CONTROL Y GESTION DEL TRANSITO TERRESTRE INTERURBANO |
PORCENTAJE DE LA RED VIAL NACIONAL QUE NO CUENTA CON GESTION INTELIGENTE DEL TRANSPORTE TERRESTRE |
15 |
SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO INTERURBANO DE PASAJEROS Y CARGA |
PORCENTAJE DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O PASAJEROS, NO ATENDIDOS A TRAVES DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA EXISTENTE |
16 |
SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO INTERURBANO DE PASAJEROS Y CARGA |
PORCENTAJE DE RED FERROVIARIA PARA EL TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA NO IMPLEMENTADA |
17 |
SERVICIO PORTUARIO DE PASAJEROS Y/O CARGA |
PORCENTAJE DE TERMINALES PORTUARIOS MARÍTIMOS NO IMPLEMENTADOS |
18 |
SERVICIO PORTUARIO DE PASAJEROS Y/O CARGA |
PORCENTAJE DE TERMINALES PORTUARIOS MARITIMOS EN INADECUADAS CONDICIONES |
19 |
SERVICIO PORTUARIO DE PASAJEROS Y/O CARGA |
PORCENTAJE DE TERMINALES PORTUARIOS FLUVIALES NO IMPLEMENTADOS |
20 |
SERVICIO PORTUARIO DE PASAJEROS Y/O CARGA |
PORCENTAJE DE TERMINALES PORTUARIOS FLUVIALES EN INADECUADAS CONDICIONES |
21 |
SERVICIO PORTUARIO DE PASAJEROS Y/O CARGA |
PORCENTAJE DE EMBARCADEROS FLUVIALES Y LACUSTRES NO IMPLEMENTADOS |
22 |
SERVICIOS RELATIVOS AL TRANSPORTE, LOGISTICA Y DISTRIBUCION DE LA CARGA PARA EL DESARROLLO DEL TRANSPORTE MULTIMODAL |
PORCENTAJE DE PLATAFORMAS LOGISTICAS NO IMPLEMENTADAS |
23 |
SERVICIOS DE NAVEGABILIDAD FLUVIAL |
PORCENTAJE DE VIAS NAVEGABLES EN INADECUADAS CONDICIONES |
24 |
SERVICIO DE CONTROL Y GESTION DEL TRÁNSITO URBANO |
PORCENTAJE DE CIUDADES CON INADECUADA GESTIÓN DEL TRÁNSITO |
25 |
SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS |
PORCENTAJE DE CIUDADES CON CENTROS DE CONTROL DE TRANSPORTE POR IMPLEMENTAR |
26 |
SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS |
PORCENTAJE DE SISTEMAS INTEGRADOS DE TRANSPORTE POR IMPLEMENTAR |
27 |
SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS |
PORCENTAJE DE SISTEMAS INTEGRADOS DE TRANSPORTE CON INADECUADAS CONDICIONES DE SERVICIO |
28 |
SERVICIO DE ACCESO A INTERNET FIJO |
PORCENTAJE DE LOCALIDADES CON AL MENOS UNA ENTIDAD PUBLICA SIN COBERTURA DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET FIJO |
29 |
SERVICIO DE COBERTURA DE TELEFONÍA MÓVIL |
PORCENTAJE DE LOCALIDADES CON POBLACION DE AL MENOS 100 HABITANTES SIN COBERTURA DEL SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL |
30 |
SERVICIO DE COBERTURA DE TELEFONÍA PÚBLICA |
PORCENTAJE DE LOCALIDADES CON POBLACION DE AL MENOS 100 HABITANTES SIN COBERTURA DEL SERVICIO DE TELEFONIA PUBLICA |
31 |
SERVICIO DE TV Y RADIO |
PORCENTAJE DE DISTRITOS QUE NO CUENTAN CON AL MENOS UNA ESTACION AUTORIZADA DEL SERVICIO DE TV Y RADIO |
32 |
SERVICIO DE ACCESIBILIDAD Y CAPACITACION DIGITAL |
PORCENTAJE DE CAPITALES DE DISTRITO QUE NO CUENTAN CON UN CENTRO DE ACCESO DIGITAL |
33 |
SERVICIO DE COMUNICACION CENTRALIZADA PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA |
PORCENTAJE DE POBLACION QUE NO CUENTA CON AL MENOS UN SERVICIO DE COMUNICACION CENTRALIZADA PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA |
34 |
SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA DIGITAL Y EQUIPAMIENTO TECNOLOGICO |
PORCENTAJE DE CAPITALES DE PROVINCIA NO IMPLEMENTADAS COMO CIUDADES DIGITALES |
35 |
SERVICIO DE INFORMACION |
PORCENTAJE DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN QUE NO FUNCIONAN ADECUADAMENTE |
36 |
SERVICIO DE HABITABILIDAD INSTITUCIONAL |
PORCENTAJE DE UNIDADES ORGÁNICAS DE LA ENTIDAD CON INADECUADO ÍNDICE DE OCUPACIÓN |
Nota: Los Formatos Nº 04-A de presentación de cada Indicador de Brecha de Infraestructura, será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual puede ser visualizado a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mtc/colecciones/272-programacion-multianual-y-gestion-de-inversiones-del-sector-transportes-y comunicaciones
1843682-1