Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Vicepresidenta Académica y Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete

Designan Vicepresidenta Académica y Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 055-2024-MINEDU

Lima, 27 de mayo de 2024

VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DICOPRO2024-INT-0369717; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29488, modificada con la Ley N° 30515, se crea la Universidad Nacional de Cañete (UNDC), con domicilio en la provincia de Cañete, departamento de Lima;

Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU (en adelante, el Documento Normativo), dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, el literal b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señala que para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;

Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; disponen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;

Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;

Que, con la Resolución Viceministerial N° 069-2022-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNDC, quedando integrada por los señores ARNULFO ORTEGA MALLQUI, como Presidente; ROGER HERNANDO PEÑA HUAMAN, como Vicepresidente Académico; y, ERNESTO EDMUNDO HASHIMOTO MONCAYO, como Vicepresidente de Investigación;

Que, a través del Oficio N° 382-2024/UNDC/CO/VPIN y la Carta N° 001/VPAC/RHPH, el Vicepresidente de Investigación y el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNDC respectivamente, presentan su renuncia a fin que se haga efectiva a partir del 30 de mayo de 2024;

Que, con el Oficio N° 00811-2024-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00071-2024-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga aceptar, con efectividad al 30 de mayo de 2024, las renuncias presentadas por el Vicepresidente Académico y el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNDC; así como, designar, a partir del 31 de mayo de 2024, a las señoras MARCIA ADRIANA IBERICO DIAZ y JANETT KARINA VASQUEZ PEREZ, en los cargos de Vicepresidenta Académica y Vicepresidenta de Investigación de la referida Comisión Organizadora;

Que, mediante el Informe N° 00692-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial, conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29488, Ley que crea la Universidad Nacional de Cañete, modificada por la Ley N° 30515; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar, con efectividad al 30 de mayo de 2024, las renuncias presentadas por los señores ROGER HERNANDO PEÑA HUAMAN y ERNESTO EDMUNDO HASHIMOTO MONCAYO, a los cargos de Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar, a partir del 31 de mayo de 2024, a las señoras MARCIA ADRIANA IBERICO DIAZ y JANETT KARINA VASQUEZ PEREZ, en los cargos de Vicepresidenta Académica y Vicepresidenta de Investigación respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo, conforme a lo previsto en el literal b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

María Esther Cuadros Espinoza

Viceministra de Gestión Pedagógica

2292652-1