Autorizan viaje del personal militar FAP a los EE.UU., en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 00518-2024-DE
Lima, 24 de mayo del 2024
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 000846-2024-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 00983-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00735-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio # 0427/MAAG/AFSEC-ENT, el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace extensiva la invitación a la Subjefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que personal de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Programa de Cursos de Capacitación para el año 2024, considerando entre ellos el Curso Oficial de Escuadrón Interamericano (ISOC), a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ubicada en la Base Conjunta de San Antonio - Lackland, estado de Texas, Estados Unidos de América, del 3 de junio al 8 de agosto de 2024;
Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 018-DEAJ 2024, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP Carlos Alberto VELIZ ASTETE, del Capitán FAP Diego José FLORES GUIZADO, como titulares; y, del Capitán FAP César Augusto CABRERA VILLACORTA, como suplente, para participar en el Curso Oficial de Escuadrón Interamericano (ISOC), a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ubicada en la Base Conjunta de San Antonio - Lackland, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 3 de junio al 8 de agosto de 2024;
Que, con Oficio FAP Nº 000312-2024-DIGED/FAP, la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que realizará la referida actividad, en el lugar y fechas programadas;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación y Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP, en el Curso Oficial de Escuadrón Interamericano (ISOC); por cuanto, permitirá elevar la capacidad de la planificación estratégica de la defensa nacional y obtener conocimientos y cualidades necesarias para asumir cargos más altos de liderazgo, lo cual redundará en beneficio de su Institución Armada;
Que, adicionalmente, conforme a lo indicado en el acotado documento, los costos del curso, así como los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, alojamiento, alimentación y seguro médico del Oficial participante, a excepción del transporte interno, serán asumidos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, de acuerdo al Oficio # 0427/MAAG/AFSEC-ENT, del Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América; por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con financiamiento parcial, corresponde considerar para dichos fines hasta un máximo del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 026 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto del veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, asimismo, se cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000019, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, que garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del curso programado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, con Oficio Extra FAP Nº 000846-2024-SECRE/FAP, la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP Carlos Alberto VELIZ ASTETE, del Capitán FAP Diego José FLORES GUIZADO, como titulares; y, del Capitán FAP César Augusto CABRERA VILLACORTA, como suplente, en el Curso Oficial de Escuadrón Interamericano (ISOC), a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ubicada en la Base Conjunta de San Antonio - Lackland, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 3 de junio al 8 de agosto de 2024; así como, autorizar su salida del país el 2 de junio de 2024 y su retorno el 9 de agosto de 2024; adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, con el Oficio Nº 00983-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 264-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal Nº 00735-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP Carlos Alberto VELIZ ASTETE, del Capitán FAP Diego José FLORES GUIZADO, como titulares; y, del Capitán FAP César Augusto CABRERA VILLACORTA, como suplente, en el Curso Oficial de Escuadrón Interamericano (ISOC), a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ubicada en la Base Conjunta de San Antonio - Lackland, Estado de Texas, Estados Unidos de América;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Curso Oficial de Escuadrón Interamericano (ISOC), a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ubicada en la Base Conjunta de San Antonio - Lackland, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 3 de junio al 8 de agosto de 2024; así como, autorizar su salida del país el 2 de junio y su retorno el 9 de agosto de 2024:
Capitán FAP CARLOS ALBERTO VÉLIZ ASTETE TITULAR
DNI Nº 70838644 NSA Nº 97961
Capitán FAP DIEGO JOSÉ FLORES GUIZADO TITULAR
DNI Nº 70273928 NSA Nº 97957
Capitán FAP CÉSAR AUGUSTO CABRERA SUPLENTE
VILLACORTA
DNI Nº 44794166 NSA Nº 97506
Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero
US$ 5,346.90 / 30 x 28 días x 2 personas x 20% US$ 1,996.18
US$ 5,346.90 x 1 mes x 2 personas x 20% US$ 2,138.76
US$ 5,346.90 / 31 x 8 días x 2 personas x 20% US$ 551.94
Total a pagar: US$ 4,686.88
Artículo 4.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta, tarifa única de uso de aeropuertos, alojamiento y alimentación, a excepción de transporte local para los participantes, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por servicio en el extranjero será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.
Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 7.- El Oficial Subalterno más antiguo autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 8.- El citado personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2292381-1