Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la incorporación del Juzgado de Paz Letrado Especializado en Familia de la Corte Superior de Justicia de San Martín al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia

Disponen la incorporación del Juzgado de Paz Letrado Especializado en Familia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000177-2024-CE-PJ

Lima, 23 de mayo del 2024

VISTOS:

Los Oficios Nros. 000082-2023-CR-PPRFAMILIA-PJ y 000014-2024-CR-PPRFAMILIA-PJ, cursados por el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” fue implementado en el Poder Judicial en el año 2013, como una estrategia de gestión pública con el propósito de ejecutar acciones con impacto en la celeridad en los procesos judiciales tramitados en los órganos jurisdiccionales de la especialidad de familia, a efecto de mitigar la demora en la atención y respuesta al usuario judicial.

Segundo. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, mediante Resolución Administrativa Nº 000214-2023-P-CSJSM-PJ, dispuso en su artículo primero ejecutar el acuerdo de Sala Plena de dicha Corte Superior del 3 de marzo de 2023 y aprobar la propuesta de especialización de los juzgados de paz letrados mixtos del distrito de Tarapoto, provincia de San Martín, mediante la conversión, entre otros, del 3° Juzgado de Paz Letrado en Juzgado de Paz Letrado de Familia; disponiéndose mediante el artículo segundo, solicitar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la redistribución de expedientes de los referidos juzgados de paz letrados de las especialidades correspondientes.

Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2023-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, dispuso en el artículo decimotercero, la redistribución de expedientes según la nueva especialidad que se encuentren en etapa de trámite, con excepción de aquellos que se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de abril de 2023; así como aquellos que se encuentren en etapa de calificación y ejecución.

Cuarto. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” mediante Oficio Nº 000082-2023-CR-PPRFAMILIA-PJ, remite el Informe Nº 000096-2023-RT-PPRFAMILIA-PJ por el cual señala que la Corte Superior de Justicia de San Martín se encuentra incorporada al ámbito de acción del referido programa, siendo intervenidos cinco órganos jurisdiccionales de la especialidad de familia y el equipo multidisciplinario de dicho Distrito Judicial, a fin de contribuir en la mejora de la calidad del gasto público, esto es, el uso eficiente y eficaz de los recursos públicos en la provisión de productos que contribuyan a disminuir el promedio del trámite acumulado en los procesos judiciales de familia; e introducir acciones estandarizadas enfocadas en la mejora del servicio de justicia. En ese contexto, indica que el Juzgado de Paz Letrado especializado en Familia atiende de forma exclusiva los procesos de familia del distrito de Tarapoto y provincia de San Martín, desde el mes de mayo de 2023, conforme a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2023-CE-PJ; por lo que recomienda la inclusión del referido juzgado al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, bajo la estructura programática de dicho programa, lo permitirá ejecutar acciones de impacto en la celeridad y eficiencia en los procesos judiciales de familia.

Quinto. Que este Órgano de Gobierno por Resolución Corrida Nº 000779-2023-CE-PJ, dispuso remitir a la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, el Oficio Nº 000082-2023-CR-PPRFAMILIA-PJ y antecedentes, cursado por el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, para que emita el informe de procedencia de inclusión del Juzgado de Paz Letrado especializado en Familia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, entre otros, en el ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia.

Sexto. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial remite el Informe Nº 000441-2024-SPP-GP-GG-PJ elaborado por la Subgerencia de Planes y Presupuesto, el cual concluye que se han realizado las acciones administrativas pertinentes a fin de incluir al Juzgado de Paz Letrado especializado en Familia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, en el ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”.

Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 747-2024 de la décima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de mayo de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la incorporación del Juzgado de Paz Letrado Especializado en Familia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de Planificación, realice las acciones administrativas pertinentes a fin de incluir al Juzgado de Paz Letrado Especializado en Familia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067; considerando la estructura programática de esta estrategia de gestión.

Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, a través de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, adopte las medidas administrativas que sean necesarias para la creación de la cadena funcional programática respectiva, a fin de incluir el Juzgado de Paz Letrado Especializado en Familia del citado Distrito Judicial al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Corte Superior de Justicia de San Martín; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2292048-1