Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Gerente Zonal Puno del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO

Designan Gerente Zonal Puno del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO

RESOLUCIÓN Nº 000132-2024-02.00/SENCICO

San Borja, 24 de mayo de 2024

VISTO:

El Informe Nº 000572-2024-07.04/SENCICO, de fecha 16 de mayo de 2024, del Departamento de Recursos Humanos; el Informe Nº 000087-2024-06.00/SENCICO, de fecha 22 de mayo de 2024, de la Oficina de la Secretaría General; el Informe Nº 000341-2024-03.01/SENCICO, de fecha 23 de mayo de 2024, de la Asesoría Legal; el Informe Nº 000233-2024-03.00/SENCICO, de fecha 23 de mayo de 2024, de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, y cuenta con patrimonio propio. Es el encargado de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30156, el Decreto Legislativo Nº 147 y el Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 077-2001-MTC, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, el mismo que contiene el número, nivel, denominación y ubicación estructural de las plazas de la entidad, entre las que se encuentra la plaza denominada “Gerente Zonal Puno”, Categoría D1;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2022-02.00, se aprueba el Manual de Clasificador de cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, que establece la clasificación del personal de acuerdo a los grupos ocupacionales señalados en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, así como, los requisitos mínimos para asumir los cargos mencionados en dicho instrumento de gestión; en el cual se consigna que el cargo de “Gerente Zonal”, el cual, se encuentra dentro del grupo ocupacional “Empleado de Confianza”;

Que, conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 67-2021-02.00, se aprobó la Directiva DI/PE/OAF-RRHH/Nº 001-2021 – Directiva de designación, rotación y encargo de puestos y funciones en el SENCICO, la cual establece los lineamientos para la procedencia y aplicación de las acciones administrativas de designación, rotación y encargo de puesto o funciones en el SENCICO;

Que, el numeral 8.1.2 de dicha Directiva indica que, para gestionar la designación en cargos clasificados como de confianza o de directivos de libre designación y remoción, el Departamento de Recursos Humanos realizará la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Clasificador de Cargos del SENCICO, a fin de determinar la compatibilidad entre el perfil del candidato y el perfil mínimo del cargo objeto de designación, siendo necesario su total cumplimiento;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000016-2024-02.00 de fecha 16 de enero de 2024, se encargó, el puesto de Gerente Zonal Puno del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, al servidor Froilán Ernesto Chacca Vilca, identificado con DNI Nº 40691673, Gerente Zonal de Arequipa, sin perjuicio de continuar ejerciendo su cargo de origen y hasta que se designe a su titular;

Que, mediante Informe Nº 000572-2024-07.04/SENCICO, de fecha 16 de mayo de 2024, el Departamento de Recursos Humanos concluyó que el señor SALOMON HILASACA MAMANI cumple con los requisitos establecidos en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Manual de Clasificador de Cargos de SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 94-2022-02.00;

Que, por Acuerdo Unánime Nº 1335-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Ordinaria 1335, llevada a cabo el 21 de mayo de 2024, se designa al señor SALOMON HILASACA MAMANI, en el cargo de confianza de Gerente Zonal Puno del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, a partir del día de la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de su oficialización; bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) regulado por el Decreto Legislativo Nº1057, en cumplimiento al Acuerdo Nº1278-01 del Consejo Directivo Nacional;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) y j) del artículo 33 del Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, es función del Presidente Ejecutivo disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que este adopte; así como emitir las disposiciones que estime necesario para la buena marcha del SENCICO;

Que, estando a los alcances de la Resolución Suprema Nº 002-2024-VIVIENDA que concluye la designación del Presidente Ejecutivo del SENCICO, al no haberse designado a un nuevo titular y, a los alcances del artículo 34 del Estatuto del SENCICO, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032—2001-MTC, el mismo que expresamente señala: “En los casos de impedimento, ausencia, renuncia o vacancia del Presidente Ejecutivo lo reemplazará provisionalmente el Vicepresidente del Consejo Directivo Nacional”;

Que, mediante Acuerdo Nº 1309-02 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en su Sesión Ordinaria Nº 1309, se eligió al señor Ricardo Vicente Aliaga Quillca, representante de la Confederación de Trabajadores del Perú CTP y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil y de Actividades Afines del Perú FETRACCAP, como Vicepresidente del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, y reelegido por un (1) año, mediante Acuerdo Unánime Nº 1331-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en su Sesión Ordinaria Nº 1331, llevada a cabo el 19 de marzo de 2024;

Que, mediante Informe Nº 000341-2024-03.01/SENCICO, de fecha 23 de mayo de 2024, de febrero de 2024, la Asesoría Legal concluye que estando a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos, a lo dispuesto por el Consejo Directivo Nacional de SENCICO, y a la verificación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº053-2022-PCM; y, el Manual de Clasificador de Cargos de SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 94-2022-02.00; resulta pertinente que se emita el correspondiente acto resolutivo por el cual se formalice el Acuerdo Unánime Nº 1335-01, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 1335- realizada el día 21 de mayo de 2024; por el cual, se designa al señor SALOMON HILASACA MAMANI, en el cargo de confianza de Gerente Zonal Puno del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo Nº 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); el literal c) y j) del artículo 33 del Estatuto del Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción – SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC;

Con los vistos del jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Gerente (e) de la Oficina de Administración y Finanzas, del Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, del Asesor Legal (e) y del Gerente General (e);

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de puesto de Gerente Zonal Puno, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, conferido al servidor Froilán Ernesto Chacca Vilca, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000016-2024-02.00 de fecha 16 de enero de 2024.

Artículo 2º.- FORMALIZAR el Acuerdo Unánime Nº 1335-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Ordinaria 1335, llevada a cabo el 21 de mayo de 2024, que designa al señor SALOMON HILASACA MAMANI, en el cargo de confianza de Gerente Zonal Puno del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, a partir del día de la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución de su oficialización; bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) regulado por el Decreto Legislativo Nº1057.

Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y su notificación a los interesados, así como a los órganos y unidades de organización del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.

Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, después de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO VICENTE ALIAGA QUILLCA

Vicepresidente del Consejo Directivo Nacional

SENCICO

2292163-1