Ordenanza que aprueba el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón
ORDENANZA N° 514-2024/MDA
Ancón, 10 de mayo del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ANCÓN
VISTO:
En la Sesión Extraordinaria de la fecha, el Oficio N° 0465-2024-DP/OP-LIMA NORTE; el Informe N.º 200-2024-GPPPI/MDA de fecha 03 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Informe Nº 187-2024-GAJ/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 250-2024-GM/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece al artículo 194 de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo 11 Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, expresan lo siguiente: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local (...)”, y “(...) formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley”;
Que, el articulo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderada y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, entre otros. De igual modo, el numeral 2 del artículo 121 del referido cuerpo normativo reconoce el derecho de control vecinal a los gobiernos locales, demandando la rendición de cuentas;
Que, de conformidad con el numeral 36) del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por Ley Nº 31433, es una de las atribuciones del alcalde; convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, asimismo, la mencionada ley incorpora el artículo 119-A, que establece que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, los aspectos presupuestales referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos;
Que, a través del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se señala lo siguiente: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate, concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”;
Que, mediante el Oficio N° 0465-2024-DP/OP-LIMA NORTE, la Defensoría del Pueblo pone en conocimiento la obligación legal de realizar Audiencia Pública de Rendición de Cuentas APRC en el mes de mayo y setiembre.
Que, el Informe Nº 200-2024-GPPPI/MDA de fecha 03 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; sustenta la propuesta de convocar a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024, adjuntando para ello el Proyecto de Ordenanza, Resolución y Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón; precisando que su enmarcado dentro de lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones “ROF”, y en el Plan Estratégico Institucional 2021-2026 ampliado.
Que, mediante el Informe Nº 187-2024-GAJ/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; emite opinión favorable respecto al Proyecto de Ordenanza, Resolución y Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón.
Que, mediante el Memorándum N° 250-2024-GM/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, remite los actuados para que se derive a sesión de concejo con la finalidad de continuar con el trámite correspondiente.
De conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL REGLAMENTO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS
DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
Artículo 1.- Aprobar el “Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón” que consta de 25 artículos y 2 Disposiciones Finales, cuyo texto es parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y la difusión del reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón (www.muniancon.gob.pe) y en la Plataforma de Trasparencia Estándar.
Artículo 3.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del procedimiento para la convocatoria y realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón que corresponda conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE
Alcalde
2288356-1