Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón

ORDENANZA N° 514-2024/MDA

Ancón, 10 de mayo del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE ANCÓN

VISTO:

En la Sesión Extraordinaria de la fecha, el Oficio N° 0465-2024-DP/OP-LIMA NORTE; el Informe N.º 200-2024-GPPPI/MDA de fecha 03 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Informe Nº 187-2024-GAJ/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 250-2024-GM/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece al artículo 194 de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo 11 Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, expresan lo siguiente: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local (...)”, y “(...) formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley”;

Que, el articulo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderada y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, entre otros. De igual modo, el numeral 2 del artículo 121 del referido cuerpo normativo reconoce el derecho de control vecinal a los gobiernos locales, demandando la rendición de cuentas;

Que, de conformidad con el numeral 36) del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por Ley Nº 31433, es una de las atribuciones del alcalde; convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, asimismo, la mencionada ley incorpora el artículo 119-A, que establece que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, los aspectos presupuestales referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos;

Que, a través del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se señala lo siguiente: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate, concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”;

Que, mediante el Oficio N° 0465-2024-DP/OP-LIMA NORTE, la Defensoría del Pueblo pone en conocimiento la obligación legal de realizar Audiencia Pública de Rendición de Cuentas APRC en el mes de mayo y setiembre.

Que, el Informe Nº 200-2024-GPPPI/MDA de fecha 03 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; sustenta la propuesta de convocar a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024, adjuntando para ello el Proyecto de Ordenanza, Resolución y Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón; precisando que su enmarcado dentro de lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones “ROF”, y en el Plan Estratégico Institucional 2021-2026 ampliado.

Que, mediante el Informe Nº 187-2024-GAJ/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; emite opinión favorable respecto al Proyecto de Ordenanza, Resolución y Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón.

Que, mediante el Memorándum N° 250-2024-GM/MDA de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, remite los actuados para que se derive a sesión de concejo con la finalidad de continuar con el trámite correspondiente.

De conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

ORDENANZA QUE APRUEBA

EL REGLAMENTO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS

DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN

Artículo 1.- Aprobar el “Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón” que consta de 25 artículos y 2 Disposiciones Finales, cuyo texto es parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y la difusión del reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón (www.muniancon.gob.pe) y en la Plataforma de Trasparencia Estándar.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del procedimiento para la convocatoria y realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón que corresponda conforme a ley.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE

Alcalde

2288356-1