Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Instituto Nacional de Salud del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales

DECRETO SUPREMO

N° 091-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 53.1 del artículo 53 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se han asignado recursos, hasta por la suma de S/ 136 166 499,00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) en el pliego Ministerio de Salud para financiar la sostenibilidad del nombramiento del personal efectuado en el año 2023 en el marco de lo autorizado en el numeral 1 de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; así como para el nombramiento autorizado en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la citada ley;

Que, el numeral 53.3 del artículo 53 de la Ley N° 31953 señala que para los fines establecidos en el numeral 53.1, se autoriza al Ministerio de Salud, en el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los organismos públicos del Ministerio de Salud y de las unidades ejecutoras de Salud de los gobiernos regionales, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último, la cual se pública hasta el 8 de julio de 2024. Precisando, además, que las propuestas de decreto supremo se remiten al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 10 de junio de 2024;

Que, el numeral 53.6 dispone que, los recursos autorizados en el presente artículo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son asignados;

Que, mediante el Oficio N° D000557-2024-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, para financiar el costo diferencial de la sostenibilidad del nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el año 2023 conforme a lo autorizado en el numeral 1 de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley
N° 31638, en el marco de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000062-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando N° 0668-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe
N° 0865-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas informa que el costo diferencial anual estimado para financiar la sostenibilidad en el Año Fiscal 2024 del nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el Año Fiscal 2023 asciende a S/ 125 683 107,00, para un total de 4 855 beneficiario, correspondiente a los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales;

Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de
S/ 125 683 107,00 (CIENTO VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en los numerales 53.1 y 53.3 del artículo 53 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 125 683 107,00 (CIENTO VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, para financiar el costo diferencial de la sostenibilidad del nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el año 2023 conforme a lo autorizado en el numeral 1 de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en los numerales 53.1 y 53.3 del artículo 53 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 011 : M. de Salud

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1 Personal y Obligaciones Sociales 125 683 107,00

============

TOTAL EGRESOS 125 683 107,00

============

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGOS : Gobierno Nacional

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1. Personal y Obligaciones Sociales 2 264 099,00

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGOS : Gobiernos Regionales

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1. Personal y Obligaciones Sociales 123 419 008,00

============

TOTAL EGRESOS 125 683 107,00

============

1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizados en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Costo diferencial anual para financiar la sostenibilidad en el Año Fiscal 2024 del nombramiento de profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el Año Fiscal 2023”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y el de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

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