Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la reprogramación de fechas de las elecciones de Juntas Vecinales 2024 para los Subsectores 2A 2B y 2C

Aprueban la reprogramación de fechas de las elecciones de Juntas Vecinales 2024, para los Subsectores 2A, 2B y 2C

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 007-2024-MSB-A

San Borja, 23 de mayo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA

VISTO, el Informe N° D000067-2024-MSB-GM-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de fecha 18 de mayo de 2024, el Expediente N° 0016970-2024 de fecha 20 de mayo de 2024, el Informe N° D000043-2024-MSB-OGPV de la Oficina General de Participación Vecinal de fecha 20 de mayo de 2024, el Informe N° D000500-2024-MSB-GM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de fecha 21 de mayo de 2024, el Memorándum N° D000396-2024-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 21 de mayo de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el artículo 197° de la Constitución Política del Perú indica que: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo, brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley”; y en concordancia con el artículo 111° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece: “Los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia”;

Que, a través de la Ordenanza Nº 617-MSB de fecha 21 de diciembre de 2018, y publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 11 de enero de 2019, se aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales Comunales y Junta de Delegados Vecinales Comunales del distrito de San Borja, precisando lo siguiente: i) Las Juntas Vecinales están conformadas por todos los vecinos residentes en el sub sector correspondiente, quienes se encuentran representados por el Concejo Directivo que a su vez está compuesto por 5 miembros elegidos en un proceso electoral libre y democrático, por los miembros del sector al que pertenecen. ii) La elección de los representantes de la Junta Vecinal, será mediante elección universal, directa y secreta por los vecinos residentes en cada uno de los sub sectores. Cada lista estará conformada por 5 miembros y dos suplentes. iii) El alcalde mediante Decreto de Alcaldía, convoca a Elecciones de las Juntas Vecinales, y designa un Comité Electoral con una anticipación no menor de 60 días calendarios antes del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales vigentes. El Decreto de Alcaldía establecerá el cronograma electoral;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2024-MSB-A de fecha 14 de febrero de 2024, y publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 16 de febrero de 2024, se convoca a los vecinos del distrito de San Borja al proceso de elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales y aprobando el cronograma electoral;

Que, con Informe N° D000067-2024-MSB-GM-GSC de fecha 18 de mayo de 2024, la Gerencia de Seguridad Ciudadana comunica a la Gerencia Municipal los hechos suscitados el día 17 de mayo de 2024 en el Sector 2 subsector C; por lo que, en atención a ello, recomienda realizar la reprogramación de las elecciones de la junta vecinal de los Subsectores 2A, 2B y 2C;

Que, mediante Expediente N° 0016970-2024 de fecha 20 de mayo de 2024, la señora Graciela Ayala Estalla, Presidenta de la Junta Vecinal Comunal 2C, la señora Miriam Helguera Agurto, Vicepresidenta de la Junta Vecinal Comunal 2C, la señora Matilde Huamán, Presidenta candidata de la Lista 27, la señora Aracely Lazo, Presidenta-candidata de la Lista 38 y la señora Sandy Acosta, Presidenta-candidata de la lista 43, solicitan la reprogramación de las elecciones vecinales por encontrarse de duelo;

Que, a través del Informe N° D000043-2024-MSB-OGPV de fecha 20 de mayo de 2024, la Oficina General de Participación Vecinal remite una propuesta de cronograma para efectuar las elecciones de las Juntas Vecinales Comunales en los subsectores 2A, 2B y 2C; recomendando emitir un Decreto de Alcaldía en donde se convoca a los vecinos de los Subsectores 2A, 2B y 2C, con la finalidad de dar inicio a la jornada electoral de las Juntas Vecinales Comunales 2024-2025;

Que, con Informe N° D000500-2024-MSB-GM-OGAJ de fecha 21 de mayo de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y concluye que: i) Los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia. ii) Se encuentra dentro del marco legal vigente la aprobación del Decreto de Alcaldía en relación a la reprogramación de las elecciones de Juntas Vecinales 2024 para los Subsectores 2A, 2B y 2C;

Que, con Memorándum N° D000396-2024-MSB-GM de fecha 21 de mayo de 2024, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido y continuar con el trámite correspondiente;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Oficina General de Participación Vecinal, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR la reprogramación de fechas de las elecciones de Juntas Vecinales 2024, para los Subsectores 2A, 2B y 2C, de acuerdo al siguiente detalle:

CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL

PARA LAS ELECCIONES EN LOS

SUBSECTORES 2A, 2B y 2C

ETAPAS

FECHAS

ELECCIONES VECINALES

SÁBADO 25 DE MAYO

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ SOBRE IMPUGNACIÓN EN MESA

27 DE MAYO

PROCLAMACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES

28 DE MAYO

IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES

29 DE MAYO

EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES

30 DE MAYO AL

05 DE JUNIO

PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE LISTAS GANADORAS

10 DE JUNIO

INSTALACIÓN Y JURAMENTACIÓN DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS

LUNES 17 DE JUNIO

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de las Junta Vecinales Comunales que se convoca.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS

Alcalde

2291425-1