Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2024
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL
N° 102-2024
Lima, 23 de mayo de 2024
VISTOS:
El Oficio N° 3062-2024-EF/53.06 y el Informe N° 0487-2024-EF/53.06, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe N° 66-2024/OA/PER del Área de Personal de la Oficina de Administración; el Informe N° 00038-2024/OPP y el Memorándum N° 00122-2024/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00241-2024/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el numeral 14.1 del artículo 14 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público - Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo N° 195-2023-EF, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, con Resolución Ministerial N° 296-2017-EF/10, se aprueba el cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de PROINVERSIÓN, actualizado mediante Resolución de la Secretaría General N° 275-2023;
Que, mediante Ley N° 31953 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
Que, con Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 131-2023 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 de PROINVERSIÓN;
Que, según el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2024-EF/53.01, el Presupuesto Analítico de Personal (en adelante PAP) es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado;
Que, conforme lo dispuesto en el numeral 14.2 de la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces en la entidad, es responsable de la formulación y/o modificación del PAP, y del cumplimiento de las disposiciones de la Directiva antes mencionada; asimismo conforme al numeral 14.3 del mismo artículo de la norma precitada, el Jefe de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces en la entidad, es responsable de verificar el financiamiento y sostenibilidad de la propuesta del PAP, sobre la base de la asignación presupuestaria aprobada para cada entidad;
Que, los numerales 16.1, 16.2 y 16.3 del artículo 16 de la citada Directiva N° 0002-2024-EF/53.01 establecen que, una vez notificada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad, o a quien este delegue expresamente dicha función; además, la Resolución que aprueba dicho documento de gestión institucional incluye, como anexos, los formatos correspondientes que fueron materia de opinión favorable por la mencionada Dirección General, asimismo señala que el PAP aprobado debe coincidir rigurosamente con la opinión favorable emitida por la referida Dirección General;
Que, a través del Oficio N° 3062-2024-EF/53.06, recibido el 14 de mayo de 2024, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe N° 0487-2024-EF/53.06, por el cual emite opinión favorable respecto a la propuesta del PAP de PROINVERSIÓN para el Año Fiscal 2024;
Que, mediante Informe N° 00066-2024/OA/PER, el Área de Personal de la Oficina de Administración, concluye que teniendo en cuenta la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesaria la aprobación del PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2024;
Que, con Informe N° 00038-2024/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, otorga viabilidad técnica y presupuestal al PAP de PROINVERSIÓN para el Año Fiscal 2024, al encontrarse debidamente financiado durante el año referido;
Que, mediante Informe Legal N° 00241-2024/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que es legalmente viable emitir la Resolución que disponga la aprobación del PAP de PROINVERSIÓN para el Año Fiscal 2024;
Que, el artículo 5 de la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, define que para efectos de esta Directiva, el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad del Sector Público, por lo que en concordancia con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF que identifica a la Secretaría General como la máxima autoridad administrativa de la entidad, corresponde a este Órgano de la Alta Dirección aprobar el PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2024;
De conformidad con la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2024; la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2024-EF/53.01; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2024, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución y sus Anexos a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de sus Anexos en la Sede Digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversión) y en el Portal de Transparencia Estándar de PROINVERSIÓN (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ALARCÓN DÍAZ
Secretario General
PROINVERSIÓN
2291711-1