Autorizan viaje de Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 360-2024/MINSA
Lima, 22 de mayo del 2024
Visto, el Expediente OGCTI20240000931 que contiene la Nota Informativa N° D000064-2024-SG-MINSA de la Secretaría General, el Memorándum N° D001450-2024-OGA-MINSA de la Oficina General de Administración, el Memorándum N° D001863-2024-OGGRH-MINSA de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la Nota Informativa N° D000571-2024-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documentos de referencia C.L.13.2024 y C.L.19.2024, la Organización Mundial de la Salud (OMS) extiende invitación al Ministerio de Salud, a fin que participe en el quinto evento de la serie “Del dicho al hecho: el reto de la salud para todos”, y en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud, eventos a llevarse a cabo del 26 al 29 de mayo de 2024, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza;
Que, los citados eventos tienen como objetivo analizar el Informe del Consejo Ejecutivo sobre sus reuniones 153.ª y 154.ª y sobre su séptima reunión extraordinaria; revisar la admisión de nuevos Miembros y Miembros Asociados; y, analizar los Informes de las comisiones principales;
Que, a través de la Nota Informativa N° D000064-2024-SG-MINSA se dispone atender la solicitud de autorización de viaje al exterior del señor Alberto Tejada Conroy, Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional, para que participe en los indicados eventos;
Que, con Memorándum N° D001450-2024-OGA-MINSA la Oficina General de Administración informa que los gastos que irroga el viaje al exterior, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nota N° 0000004259 y Nota N° 0000004256, respectivamente;
Que, mediante Memorándum N° D001863-2024-OGGRH-MINSA la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe N° D000142-2024-OGGRH-ODRH-EGC-MINSA, a través del cual comunica la condición laboral del funcionario antes mencionado;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento;
Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y debe indicar expresamente el motivo y el número de días de duración del viaje, así como el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;
Que, asimismo, el artículo 4 del indicado Decreto Supremo N° 047-2002-PCM precisa que las Resoluciones de autorización de viaje deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo el objetivo de los citados eventos, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través de la Nota Informativa N° D000571-2024-OGAJ-MINSA, señala que resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior del funcionario antes indicado; por lo que, precisa que es legalmente viable que el señor Ministro de Salud suscriba el presente acto resolutivo;
Con el visado de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modificada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Alberto Tejada Conroy, Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 24 al 30 de mayo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
• Pasaje tarifa económica para 1 persona : US$ 3,746.60
(US$ 3,746.60 incluido TUUA)
• Viáticos por 4 días para 1 persona : US$ 2,160.00
(US$ 2,160.00)
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TOTAL : US$ 5,906.60
Artículo 3.- Disponer que el citado comisionado, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2291345-1